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PRESUPUESTOS GENERALES DE 2002

Suspensión cautelar del cobro de prestaciones sociales

La Seguridad Social podrá suspender cautelarmente el cobro de prestaciones económicas a los beneficiarios que no presenten en el tiempo legalmente establecido la documentación exigida, según una disposición adicional a la Ley General de Seguridad Social que el Gobierno incorporará en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 2002. Una vez aportados los datos exigidos para las comprobaciones necesarias, el sistema de Seguridad Social restablecería el pago de la prestación y los atrasos devengados.

Otra novedad es la reducción a cuatro años del tiempo que las empresas y trabajadores autónomos deben conservar toda la documentación que acredite las altas, bajas y cotizaciones de sus empleados, en vez de los cinco años que se exigen ahora. Esta reducción es coherente con la reducción también de cinco a cuatro años del periodo de prescripción de las deudas con la Seguridad Social, equiparada con Hacienda.

Además, las empresas no deberán mantener ahora el libro de matrícula que recoge todas las incidencias en materia de Seguridad Social, ya que las altas y las bajas, así como los documentos de cotización se registran por vía electrónica y no es preciso que la empresa conserve constancia documental.

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