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La retroactividad del fondo de garantía de inversiones sigue sin ser resuelta

La reunión que mantuvo el lunes una decena de firmas de Bolsa con representantes de la CNMV se desarrolló sin resolver el carácter retroactivo del fondo de garantía de inversiones, que es lo que más preocupa al sector de agencias y sociedades de valores.

Las firmas pequeñas y medianas son las más sensibles al discutido carácter retroactivo, que supondría la aportación conjunta de 40.000 a 50.000 millones de pesetas. No obstante, fuentes cercanas a la operación han matizado a este periódico que las conversaciones están abiertas y que el lunes próximo continuarán las negociaciones.

Muchas de estas firmas han manifestado en reiteradas ocasiones el lastre que puede suponer para sus resultados el hecho de tener que realizar estas aportaciones. Las pequeñas firmas de Bolsa siguen con especial interés este proceso, porque el carácter retroactivo del fondo de garantía de inversiones supondrá la hipoteca del beneficio de muchos años en otras tantas firmas.

Los pagos deberán realizarlos dependiendo de dos factores: el número de clientes y el volumen de activos.

El fondo de garantía nacerá, en principio, con un capital social de 25 millones de pesetas. Su carácter retroactivo implica que tendrá que indemnizar a los afectados por los casos AVA y Gescartera. Fuentes oficiales de Economía señalaron a Cinco Días el lunes que el ministerio ha estimado el monto sólo para Gescartera en 4.000 millones.

Otro de los asuntos que ha levantado expectación es la posición que mantendrán las firmas de Bolsa ligadas a grupos bancarios. Fuentes próximas a las negociaciones han señalado que los bancos contribuirán a la constitución del fondo con las aportaciones que les corresponda, según la ley.

El sentimiento entre los profesionales del mercado es, sin embargo, que poco a poco irán diluyendo aportaciones futuras, porque las matrices ya cuentan con el fondo de garantía de depósitos. Las negociaciones están discurriendo según el calendario previsto.

Según el reglamento aprobado a principios de agosto, la sociedad debe estar constituida 45 días después de la entrada en vigor del real decreto (5 de agosto).

Las firmas que participan en la reacción del fondo de garantía han encargado al despacho de abogados Ramón y Carbajal y Abellán el estudio de los aspectos técnicos y legales en los que debe basarse la constitución de la gestora del fondo.

Esta información, que recogerá los estatutos por los que se regirá la sociedad y el capital social, deberán remitirse a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Necesariamente tendrá que ser en esta misma semana, puesto que el plazo concluye el próximo 27 de septiembre.

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