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El 10% de la retribución de los funcionarios es variable

El 10% del sueldo de los funcionarios del Estado constituye retribución variable. Así se desprende de una respuesta del Gobierno a una pregunta formulada por Izquierda Unida sobre el salario de los empleados del Estado. Según el Gobierno, el porcentaje no es totalmente homogéneo, sino que se reparte entre los distintos colectivos de la Administración del Estado.

Los trabajadores al servicio de la Administración General del Estado perciben el 10,3% de su sueldo en concepto de retribuciones variables, según se desprende de una respuesta que ha elaborado el Gobierno tras una pregunta realizada por el portavoz de Trabajo de IU en el Congreso de los Diputados, Antero Ruiz, a la que tuvo acceso Europa Press.

En concreto, el escrito del Ejecutivo señala que, una vez extrapolada la información disponible de las masas salariales, a fecha del 31 de diciembre de 1999, última estadística disponible, "el porcentaje de retribución variable de los trabajadores al servicio de la Administración General del Estado respecto al total de sus retribuciones puede estimarse en el 10,3%".

Sin embargo, junto a ese dato, el Gobierno precisa en su respuesta que este porcentaje no es totalmente homogéneo, sino que se reparte entre los distintos colectivos que trabajan al servicio de la Administración del Estado, que depende del Ministerio de Administraciones Públicas, bajo la dirección de Jesús Posada. Así, los funcionarios integrados en la Seguridad Social perciben el 20,4% de su sueldo en retribuciones variables; los que prestan servicios en la Administración General del Estado, el 8,5 %; los que forman parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, el 6,1%; los que trabajan en la Administración de Justicia, el 4,2%; y los de las Fuerzas Armadas, el 2,9% de su sueldo.

Además, el Gobierno precisa, respecto a otra de las cuestiones planteadas por el diputado Antero Ruiz, que la Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas asigna los importes destinados a atender al rendimiento de los funcionarios a los órganos administrativos como los ministerios u otros organismos, y no a cuerpos.

Asimismo, el Ejecutivo aclara en su respuesta que, en virtud de la movilidad consagrada por la Ley 30/1984, el personal al servicio de la Administración del Estado puede, con carácter general, prestar sus servicios en cualquier departamento con independencia del cuerpo de pertenencia.

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