El Supremo condena a Asisa a indemnizar por una negligencia médica
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia dictada por un Juzgado de Cartagena (Murcia) que condenó a Asistencia Sanitaria Interprovincial (Asisa) a indemnizar con 16.400.000 pesetas a un paciente que, como consecuencia de una operación en la que se le realizó un pinzamiento indebido, sufre secuelas que "no se hubieran producido con un tratamiento prestado en su tiempo y con adopción de los medios adecuados".
El alto tribunal confirma la sentencia al entender que "ha quedado probada la producción del resultado lesivo en el ámbito del contrato de asistencia médica concertada entre las partes, por una defectuosa prestación del servicio por personal y en centro pertenecientes al cuadro médico de aquélla (Asisa)".
Con el contrato de asistencia suscrito, Asisa "asumió no sólo el pago de los gastos médicos, sino la efectiva prestación de la asistencia sanitaria a través de los facultativos y los medios que la misma determina y en las condiciones y requisitos que la póliza detalla".
En opinión del alto tribunal, Asisa incumplió el contrato que había suscrito con el paciente, por lo que debe responder por el daño causado, independientemente de que el responsable sea el facultativo que le atendió, porque en cualquier caso dependía de la sociedad. æpermil;sta sólo quedaría exenta de la indemnización, si el daño se hubiera producido por "culpa exclusiva del paciente", lo que en este caso no ha ocurrido.