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Italia anula la multa de 55 millardos a las petroleras

El Consejo de Estado italiano (institución judicial equivalente al Tribunal Supremo en España) ha anulado la sanción que en junio de 2000 impuso la autoridad de Competencia a las compañías petroleras italianas por haber encontrado "evidencias" de pactos de precios. La sanción millonaria que impuso a las compañías fue de 330 millones de euros, unos 54.900 millones de pesetas. La sentencia del Consejo de Estado italiano, conocida esta semana, considera que no está probada la existencia de tales pactos para concertar subidas y bajadas de los precios.

En junio pasado el organismo regulador de la competencia argumentaba que las empresas habían llevado a cabo un "complejo acuerdo horizontal" orientado a "controlar los precios finales del petróleo, lo que supone una violación de las leyes del mercado y encarecen las gasolinas por encima de la media de la Unión Europea". El informe de Competencia recogía que las petroleras "disuadieron a las estaciones de servicio de aplicar precios distintos a los establecidos por ellas".

Las ocho firmas denunciadas por Competencia por pacto de precios fueron Agip, AOI, ERG, Esso Italiana, Q8, Shell, Tamoil y TotalFina. Las compañías, agrupadas en Unione Petrolifera, negaron haber realizado ningún acuerdo para fijar precios y aseguraron entonces que utilizarían todas las vías existentes para recurrir la sentencia de Competencia. La multa que en su día se estableció, y que ahora se ha anulado, suponía el 3,5% de la cifra de negocio de las compañías y debía abonarse en 90 días.

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