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Anulada la licencia de la cogeneradora de Sniace

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha anulado la licencia de actividad de la planta de cogeneración que el grupo químico Sniace, en copropiedad con la ingeniería Abengoa, tiene en Cantabria. El tribunal ha esgrimido en su sentencia el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, que establece una distancia mínima de 2.000 metros entre las industrias y los núcleos urbanos.

El consejero de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, José Luis Gil (del Partido Popular) calificó ayer de "técnicamente lamentable" la decisión del tribunal, y añadió que con ese rasero no habría ninguna empresa en los polígonos industriales de Cantabria.

Según Gil, ese reglamento es de comienzos de los años sesenta, "cuando las empresas no tomaban medidas correctoras para proteger el medio ambiente. Hoy sólo se conceden las licencias si se adoptan esas medidas. Por ello, no tiene sentido guardar esa distancia mínima".

El consejero considera que la sentencia no tendrá consecuencias para Sniace, que ya ha tenido graves problemas con los vertidos que realizaba en el norte.

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