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El Supremo cree inconstitucional el conflicto planteado por el Gobierno

La Sala de lo Penal del Supremo considera que el conflicto jurisdiccional que plantea el Gobierno por el indulto al ex juez Javier Gómez de Liaño podría resultar "constitucionalmente improcedente". Así lo expone en un auto en el que el alto tribunal rechaza el requerimiento del Gobierno para inhibirse en el caso Liaño y confirma su decisión de no reingresar en la carrera judicial al ex juez por ser ilegal.

La Sala de lo Penal del Supremo afirma que el conflicto planteado por el Gobierno en el caso Liaño "podría resultar constitucionalmente improcedente, porque pretende que el Tribunal de Conflictos actúe como un órgano jurisdiccional superior que revise y corrija la interpretación de la normativa penal".

Esta pretensión, según el alto tribunal, es contraria a lo que proclama la Constitución. El artículo 123 establece que el Supremo "constituye el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes, salvo en los dispuesto en materia de garantías constitucionales". Este artículo, según el auto, "imposibilita que el Tribunal de Conflictos, competente exclusivamente en materia de deslinde competencial, revise y anule" el auto firme del Supremo, que no es posible anular. Así lo expone en una resolución por la que rechaza inhibirse del caso Liaño, tal como le requirió el ministro de Justicia, Ángel Acebes. El auto está firmado por todos los magistrados de la sala, excepto por Roberto García Calvo, quien considera que el ex juez Javier Gómez de Liaño, condenado a 15 años de inhabilitación por prevaricación continuada en el caso Sogecable, debió ser reingresado en la carrera judicial, tal y como disponía el decreto de indulto gubernamental.

El Supremo explica en su resolución que es al Poder Judicial a quien corresponde "verificar la conformidad a la ley de los actos de la Administración". Añade que el Gobierno ostenta la competencia para la concesión de indultos, y el tribunal sentenciador la de su aplicación.

El Supremo afirma: "No hemos lesionado ni invadido competencias que atribuyan al Gobierno". En el auto se pone de relieve que existen cuatro sentencias en las que el "Poder Judicial ha delimitado" el alcance de los indultos. Vuelve a insistir el Supremo en que el indulto concedido a Liaño "es parcialmente contrario a la ley" y por ello, explica, no se le reingresa en la carrera. Recuerda el Supremo que la expulsión de Liaño es una pena cumplida que no puede ser indultada.

El Supremo acusa al Gobierno de utilizar el conflicto jurisdiccional como un recurso contra una decisión que no comparte. El Tribunal de Conflictos se reúne el 2 de abril y podría tratar el asunto. Lo preside el presidente del Supremo y del Poder Judicial, Javier Delgado.

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