El Supremo absuelve a la petrolera Ertoil de pagar 208 millones a tres acreedores
El Tribunal Supremo absuelve a Ertoil de pagar 208 millones a tres acreedores de Ercros (propietaria de Ertoil). El tribunal considera que el asunto debe resolverse en el expediente de la suspensión de pagos de Ercros.
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado tres sentencias (con un voto particular) en las que considera que tres acreedores de Ercros deben reclamar sus deudas en el expediente de suspensión de pagos de Ercros. La sentencia absuelve en definitiva a Ertoil (propiedad de Ercros) de saldar la deuda.
Los tres acreedores eran tenedores de letras de cambio libradas en noviembre de 1988 por FF Investment Corp. Fueron aceptadas por Unión Explosivos Rio Tinto (luego se convierte en Ercros por su fusión con Cros), pero, cuando se presentan al cobro, resultan impagadas. En 1989 Ercros adquiere Ertoil, ésta entonces absorbió la rama de petróleo y petroquímica de la primera. Sin embargo, las letras de cambio reclamadas no fueron apuntadas en el pasivo de la nueva empresa.
El alto tribunal señala que en el expediente de suspensión de pagos están contabilizados 1.753 millones de pesetas de FF Investment Corp., por lo que los derechos cambiarios de los tenedores de las letras se resolverán en el convenio de la suspensión.
Precisamente la tramitación de la suspensión de pagos está pendiente de una investigación en un juzgado de Barcelona y en el Tribunal Supremo. Se intenta averiguar si se cometió un delito de alzamiento de bienes. Según la acusación de este caso, los responsables de Ercros incluyeron en la lista de acreedores de la suspensión de pagos una deuda de 1.770 millones de pesetas que pertenecía a Ertoil, causando un grave perjuicio a los inversores titulares de los créditos.
El Supremo aún tiene que decidir sobre la implicación en estos hechos del ministro de Asuntos Exteriores y ex consejero delegado de Ercros, Josep Piqué.