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Los expertos creen que el control previo de los contribuyentes requiere una ley

La Agencia Tributaria quiere otorgar a los inspectores nuevas funciones en materia de prevención. A partir de julio, estará operativa un área dedicada a estudiar e informar al contribuyente del trato fiscal de las operaciones que ha realizado antes de que deba declararlas. Los expertos creen que para su puesta en marcha deberá contarse con apoyo legal.

Un club de fútbol anuncia el fichaje de una estrella del balompié: contrato millonario, primas, cesión de derechos de imagen y un variado abanico de ingresos en especie como coches o vivienda se airean ante la opinión pública. Al tiempo, la Agencia Tributaria pone en marcha su maquinaria para que antes de que este potencial contribuyente deba rendir cuentas con Hacienda sepa cuál es el trato fiscal de sus ingresos. Este contribuyente puede estar satisfecho, no en vano cuenta con un cualificado equipo de asesores fiscales: los inspectores del área de actuaciones preventivas.

Esta nueva actividad de la inspección se enmarca en un plan de reorganización que culminará el próximo mes de julio. Según ha señalado Enrique Giménez-Reyna "estas actividades preventivas buscan evitar el cumplimiento erróneo y que ante situaciones complejas sea Hacienda la que ayude al contribuyente". La opinión general de los asesores fiscales consultados y de los propios inspectores sobre esta medida es positiva. Pero se muestran escépticos en lo que será su aplicación práctica y creen que antes deberían, cuando menos, retocarse algunos textos legales.

Según señala Luis del Amo, del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), "es bueno que el contribuyente sepa lo que opina la inspección y que conozca su criterio antes de declarar". Pero matiza que "siempre que sea algo libre y que el contribuyente pueda, sin sanción, seguir otro criterio."

Antonio Corral, presidente de la Asociación Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (Apife), muy crítico con la reforma en general por su parquedad, aclara que estas funciones preventivas no comprenderán actos de liquidación y se circunscriben a la asistencia y el control.

En la actualidad, los inspectores comprueban hechos imponibles, elaboran informes para otros órganos u obtienen información. Pero los expertos señalan que el control previo no tiene cabida en alguno de estos supuestos de la ley.

Para Abelardo Delgado, de Garrigues & Andersen, estas funciones se asemejan a las que ya realizan los inspectores en relación con las grandes empresas adscritas permanentemente a la Oficina Nacional de Inspección (ONI). "En la actualidad, no es extraño que las empresas contacten con la inspección para orientarse ante una operación compleja", aclara.

Entre los problemas planteados por los expertos está la necesidad de que una norma deslinde estas actuaciones de las consultas vinculantes y que, al tiempo, según afirma Leopoldo Gandarias, de Datadiar.com, "regule la forma en que la inspección pedirá información al contribuyente para ejercer un asesoramiento que no se le ha pedido".

Precisamente, una de las críticas de la Apife hacia la reor-ganización de la inspección es la falta de medios con la que cuentan. Corral señala que "muchos inspectores carecen incluso de ordenador personal en su despacho".

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