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Abrir cuentas bancarias para denunciar sus condiciones en los tribunales es legal

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que suscribir cuentas bancarias con distintas entidades financieras con el objetivo de presentar demandas en los tribunales por sus condiciones abusivas no es ilegal.

El Tribunal Supremo acoge en su sentencia un recurso presentado por la Unión de Consumidores de España (UCE), cuyo jefe del área financiera suscribió varias cuentas bancarias en diferentes entidades financieras con el único objetivo de denunciar las cláusulas abusivas que contenían los contratos.

Según la sentencia del Supremo, la conducta del asesor de la UCE no puede considerarse abuso de derecho o fraude de ley. Según el tribunal, "con independencia de que pudiera no ser una conducta habitual, la existencia o apertura de varias cuentas corrientes con varios bancos no puede calificarse con un juicio negativo o de reproche". La conducta del jefe financiero no supone, para el Tribunal Supremo, un comportamiento condenable, ya que "en caso alguno puede causar daño a tercero ni a la demandada entidad bancaria, puesto que el actor con ese proceder y posterior demanda lo único que hace es ejercer una tutela jurídica al entender que las condiciones de su cuenta corriente vulneran la ley".

La sentencia del alto tribunal acoge el recurso de la UCE contra una sentencia que consideraba la actitud de su asesor como abuso de derecho y fraude de ley.

Según la sentencia recurrida, la apertura de las cuentas bancarias por parte del asesor de la UCE sobrepasó "manifiestamente los límites normales del ejercicio de un derecho", por lo que declaró los contratos suscritos "ineficaces".

Los contratos firmados por el representante de la UCE consistieron en cuentas corrientes en las que se ingresaron pequeñas cantidades de dinero.

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