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La Ley de Comercio Electrónico refuerza el amparo al consumidor

El Ministerio de Ciencia y Tecnología presentó ayer el nuevo borrador de Ley de Comercio Electrónico. El texto, que ya ha sido enviado al Consejo Asesor de Telecomunicaciones, refuerza la protección del consumidor al fijar su domicilio como lugar de celebración del contrato. Entre las novedades del anteproyecto destaca la posibilidad de solicitar la retirada inmediata de contenidos ilícitos en la Red.

Como si de un péndulo se tratase, los sucesivos borradores -ya son tres- de la Ley de Comercio Electrónico que desde la pasada legislatura ha presentado el Gobierno han oscilado entre apostar por la protección de los consumidores o reforzar los intereses de las empresas.

El último de estos anteproyectos, que presentó ayer el Ministerio de Ciencia y Tecnología que dirige Anna Birulés, se inclina definitivamente por la defensa de los consumidores, al establecer que los contratos en que éstos intervengan se entenderán celebrados en el lugar donde el consumidor tenga su domicilio y no en el que esté situada la sede de la empresa, tal y como establecía la versión anterior. Además, la ley remite a las normas de derecho internacional privado para determinar la legislación aplicable a los contratos. La consecuencia práctica de todo ello es que, en caso de conflicto, los consumidores españoles podrán acudir a los tribunales nacionales para presentar una reclamación, tanto si el contrato se ha efectuado con una empresa española como con una europea. Por el contrario, las empresas españolas que vendan sus productos a consumidores de otros países europeos tendrán que litigar ante tribunales extranjeros.

Según explicó ayer el secretario de Estado de Telecomunicaciones, Baudilio Tomé, la ley protegerá a los consumidores españoles en los contratos que realicen con empresas españolas y comunitarias, ya que el texto se basa en una directiva europea que armonizará la legislación entre los Quince. En el caso de los contratos realizados con países extracomunitarios, Tomé explicó que "hay que seguir avanzando" mediante la negociación de acuerdos internacionales que proporcionen idénticos niveles de seguridad.

Adaptar la oferta

En ese sentido, Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas, asegura que en el caso de compras a países como, por ejemplo, Estados Unidos, la ley no será aplicable. En cualquier caso, expertos legales como Rafael García del Poyo, de Garrigues & Andersen y Javier Cremades, de Cremades & Asociados, aconsejan a las empresas conocer la legislación de los países con los que comercian y, en función de ello, decidir si les conviene realizar la transacción.

Entre las novedades del anteproyecto destaca la creación de las acciones de cesación, que permitirán solicitar la retirada inmediata de contenidos ilícitos en la Red. Las sentencias dictadas como consecuencia de estas acciones podrán condenar a los prestadores de estos servicios al pago de multas diarias de hasta 2.500.000 pesetas por cada día de retraso en el cumplimiento de la sentencia. La ley protege a los usuarios frente al uso abusivo del correo electrónico al exigir a las empresas identificar estos mensajes con la palabra publicidad. En el nuevo borrador se ha desechado la idea de crear un registro para los prestadores de servicios de certificación. Sin embargo, se establece una conexión entre la dirección de Internet y su inscripción en el Registro Mercantil, ya que los datos de inscripción deberán figurar en la página en la Red y el nombre de dominio deberá inscribirse en el Registro Mercantil.

 

El 90% de los internautas se informa en la Red pero compra en tiendas tradicionales

El 90% de los consumidores con acceso a Internet considera actualmente la Red el medio ideal para buscar información sobre productos que desea adquirir, pero prefiere realizar sus compras en establecimientos tradicionales, según un estudio sobre hábitos de compra y aceptación de las Nuevas Tecnologías realizado por la Universidad Empresarial Kelley School y la consultora KPMG. El informe evalúa la actitud ante el comercio de más de dos mil internautas y revela sus preferencias e intereses tanto para realizar compras como para elegir entre la tienda tradicional, Internet, venta por catálogo o la televisión como canal comercial.

Las conclusiones del estudio destacan que la mayoría de los consumidores prefiere utilizar cada canal para jugar un papel diferente en el proceso de compra. Así, prefieren los establecimientos tradicionales para conocer nuevos productos, comprarlos y devolver aquellos que no le satisfacen, opción que suscriben el 91% de los encuestados, así como adquirir artículos caros y poco frecuentes (electrodomésticos, muebles, hardware) y artículos cotidianos y productos alimenticios. Por el contrario, Internet es el medio favorito para buscar información sobre los productos y compararlos con otras alternativas. Un porcentaje similar al anterior prefiere utilizar la Red para conocer detalles sobre el artículo que desea adquirir, su precio y otros puntos de venta.

El estudio de la consultora también muestra que los consumidores internautas seleccionan el canal en función de las características del producto. La mayoría se decanta por Internet para adquirir discos, vídeos, libros y artículos electrónicos, por la abundante y detallada información que se ofrece online sobre este tipo de artículos.

En cambio, la venta por catálogo es más popular cuando se trata de adquirir indumentaria para el fin de semana, muebles y artículos de decoración, donde la calidad visual es importante, y la televisión se convierte en el medio favorito para informase sobre productos que incluyen elementos sensoriales o de entretenimiento.

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