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Un ayuntamiento deberá indemnizar por muerte a causa de grava en la calle

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia en la que se condena al Ayuntamiento de Molina de Segura (Murcia) a pagar una indemnización de 25 millones de pesetas a la familia de un hombre que falleció en accidente de tráfico a causa de la gravilla que había en la calzada.

El alto tribunal rechaza el recurso que el consistorio murciano y la compañía aseguradora Seguros y Reaseguros interpusieron contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia que les condenaba al pago de la mencionada indemnización.

Según los hechos probados, que se basan fundamentalmente en el atestado levantado por la Guardia Civil, el fallecido circulaba con su moto por una calzada en obras y sufrió una caída mortal a causa de la gravilla. El Supremo considera que, al estar la gravilla dentro de la calzada, demuestra que "el accidente fue ocasionado por el funcionamiento de un servicio público como es la carretera o camino que debía ser mantenido por el Ayuntamiento de Molina". Añade que hay una "clara existencia de nexo causa entre el daño (muerte del motorista) y el funcionamiento de los servicios públicos". Dice que la calzada estaba en obras, que debían ser mantenidas por el consistorio tras ser cedidas por el Gobierno autonómico.

El Supremo rechaza contundentemente la posibilidad de que la víctima tuviera culpa alguna. Así se afirma en la sentencia que ahora confirma porque afirma que quedó acreditado que "el fallecido llevaba el casco y que la velocidad no era excesiva (40 o 50 km/h)".

También señala el tribunal que la víctima circulaba por tramo recto a nivel, seguido de amplia curva y que los escasos desperfectos observados en la motocicleta, daños en la verja metálica, espacio entre la posición final del vehículo y cuerpo del conductor, etc., inexistencia de señalización vertical, horizontal y semafórica descartan la posible culpabilidad de la víctima.

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