La planificación fiscal de las empresas: aspectos esenciales para optimizar resultados
Se deben tener en cuenta, ante todo, la localización de la entidad, sus centros comerciales y distribución y el país en el que la empresa desarrolle su actividad

En tiempos convulsos como los actuales, en los que las normativas mutan rápidamente y la inseguridad jurídica está a la orden del día, conocer a la perfección todos los aspectos relativos a la actividad de una determinada empresa es esencial para poder establecer con un mínimo de éxito su planificación fiscal.
Entre esas cuestiones relevantes que se deben tener en cuenta, ante todo, hay que saber seleccionar la localización de la misma, así como sus centros comerciales y de distribución, pues es cierto que la tributación depende fundamentalmente del país en el que la empresa desarrolle su actividad y donde tenga establecido su centro de negocios.
Asimismo, resulta vital para una correcta planificación fiscal conocer si en el resto de países donde opera existen o no convenios en vigor para evitar la doble imposición. Además, también es necesario estudiar qué ventajas pudiera tener la deslocalización de la empresa, en su caso, o bien el uso de posibles filiales en otros países –o en el propio– con objeto de controlar la gestión fiscal de la compañía.
En definitiva, se trata de establecer un plan que podrá ir cambiando a medida que la actividad de la organización crezca y sea necesario el establecimiento de otros medios para alcanzar el fin propuesto.
Hace años tuve la ocasión de emprender un camino de objetivos en una empresa multinacional en la que los resultados fueron francamente buenos, produciendo ajustes extracontables suficientes para que la cuota del Impuesto sobre Sociedades fuera cero durante un periodo de más de veinte años, y ello teniendo en cuenta que teníamos a la Inspección Nacional revisando las cuentas cada tres años. Es posible y fue posible.
Sin embargo, no cabe duda de que es necesario el cumplimiento de unos objetivos claros sin los cuales no sería posible alcanzar la meta deseada, ya que los presupuestos son la propia base de la realización de los objetivos.
Así, no solamente se tiene en cuenta la regulación fiscal interna del país, sino que también debe prestarse atención a la comparativa con otros países, así como a los criterios contables que pudieran ser distintos en su aplicación. Asimismo, influyen en este aspecto las decisiones en torno a las inversiones a realizar, ya sea internamente o a través de terceros Estados.
En ningún caso estoy hablando de evitar declarar determinadas operaciones para que no tributen, sino de aplicar la legislación vigente en cada país con objeto de rebajar los costes fiscales de la empresa. Así, también cabe en esta planificación fiscal la aportación de los llamados paraísos fiscales, pues son muchas las entidades financieras españolas que se han acogido a este recurso para obtener una mayor rentabilidad en operaciones internacionales, aunque declarándose dicho beneficio fiscalmente.
En estos tiempos, así como en los anteriores, los distintos países han intentado ponerse de acuerdo con objeto de evitar que la legislación imperante en ellos sea diferente, precisamente, con el fin de evitar la diferente tributación e impedir que se pueda planificar este posible ahorro fiscal. Sin embargo, esta situación de desequilibrio se mantiene, puesto que, aunque se haya llegado a un acuerdo en los tipos mínimos del Impuesto de Sociedades, las normas contables no son las mismas en los distintos países, por lo que se mantiene la capacidad de adaptación para perseguir los beneficios fiscales.
Esta planificación fiscal se basa, por tanto y fundamentalmente, en el aprovechamiento de los beneficios fiscales de los distintos países en que se desarrolla la actividad de la empresa al no existir una armonización fiscal.
Deben tenerse en cuenta como detalles más significativos aspectos como verificar el importe de las cargas sociales, así como las deducciones fiscales por inversiones o por incrementos de plantilla, siendo también prioritario el tema de las amortizaciones y del fondo de comercio. También difiere el tratamiento de los beneficios obtenidos de las filiales, asunto muy interesante a la hora de planificar las inversiones.
Esta planificación no es rígida, sino que tiene que adaptarse a la situación económica, pues como es lógico, en distintos momentos habrá que cambiar o suspender o retrasar las inversiones a realizar en la empresa.
A efectos de deslocalización hemos tenido algunos ejemplos en épocas recientes que llevaron a distintas empresas, por distintos motivos, a modificar el lugar de su domicilio, pasando incluso algunas de ellas a domiciliarse en el extranjero. En estas situaciones, la Hacienda Pública tiene algunas posibilidades de actuación, sobre todo en operaciones de fusión en las que los beneficios fiscales dependen de la voluntad de la Administración. Por ello, los administradores de las sociedades deben tener cuidado en la toma de decisiones, pues una decisión errónea o desacertada puede dar lugar a un daño colateral que sería de difícil justificación.
Qué duda cabe que una planificación fiscal tiene que estar al servicio de la planificación de la empresa. Sería absurdo que minoráramos los beneficios de la compañía para que la planificación fiscal fuera la correcta. No se podría entender dicha variable. La planificación fiscal nos informa de los impuestos a pagar de acuerdo con los objetivos marcados por la empresa y estos, normalmente, suelen minorarse mediante su periodificación o control del beneficio fiscal o base imponible obtenida.