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En colaboración conLa Ley

El ICAM aprueba unos nuevos estatutos e incorpora la docencia universitaria entre los fines esenciales del colegio

El nuevo marco normativo, respaldado por el 79% de los participantes en la junta general extraordinaria, incluye el voto telemático en los procesos electorales

La junta general extraordinaria del ICAM de este martes, 17 de diciembre, aprueba la reforma de los estatutos colegiales.
La junta general extraordinaria del ICAM de este martes, 17 de diciembre, aprueba la reforma de los estatutos colegiales.Foto cedida.

La junta general del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM), reunida en sesión extraordinaria, ha respaldado mayoritariamente este martes 17 de diciembre una amplia reforma de los estatutos colegiales. El proyecto ha contado con el apoyo del 79% de los colegiados (3.272 votos favor, 869 en contra). El nuevo marco normativa pretende modernizar la gobernanza de la corporación e incorporar un modelo de gestión más eficiente y participativo, “abierto a toda la abogacía madrileña”, subraya la corporación en su comunicado.

Esta actualización, que sustituye a los estatutos vigentes desde 2007, introduce de manera expresa el principio de representación paritaria en los órganos directivos del ICAM e incorpora la sostenibilidad como principio rector en la prestación de los servicios colegiales. También incorpora avances en materia tecnológica, deontológica y de protección al ejercicio de la abogacía. Así, el mayor colegio profesional de Europa se dota de un marco normativo “con el que afrontar los desafíos y las necesidades de la abogacía y la sociedad del siglo XXI”, dice la nota.

La reforma estatutaria avala además el proyecto de centro adscrito universitario del ICAM, “ensanchando los fines colegiales para potenciar la preparación de futuros juristas con un enfoque académico reglado, pero también orientado al vector del derecho aplicado”.

Entre las novedades incorporadas, destaca también la inclusión del voto electrónico en los procesos electorales, la creación de un consejo colegial con funciones consultivas sobre asuntos de especial trascendencia para la profesión, o la regulación específica del amparo colegial y del secreto profesional, en su doble perspectiva como derecho y deber.

“Los nuevos Estatutos representan un cambio profundo y necesario. Son el primer paso hacia el ICAM que los colegiados han esperado durante años, un colegio que no solo se adapta a los retos del siglo XXI, sino que los lidera, con hitos como la Universidad ICAM como motor de talento jurídico”, explica el decano del ICAM, Eugenio Ribón. “El objetivo de estos nuevos Estatutos es construir un Colegio preparado para los desafíos del presente y comprometido con las necesidades de la abogacía del futuro”, añade el decano.

Voto telemático y docencia universitaria

Los nuevos estatutos del ICAM se adaptan a los numerosos cambios normativos que han tenido lugar desde 2007, entre ellos el Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por el Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo; las modificaciones introducidas en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales; y la aprobación de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales. El pasado mes de noviembre, además, se aprobó la esperada Ley Orgánica de Derecho de Defensa.

Más allá de esta actualización normativa, la reforma aprobada por la abogacía madrileña contiene novedades tan significativas como la incorporación del voto telemático en los procesos electorales. Según el artículo 54 de los nuevos estatutos, el sistema que se adopte deberá garantizar que el voto sea personal, libre, directo y secreto, asegurando la identidad, autenticidad y condición de colegiado de la persona votante, así como la inalterabilidad del mensaje. Su implementación, “adaptando su operativa en la medida que el desarrollo tecnológico lo permita en términos de garantía y seguridad”, corresponde a la Junta de Gobierno, que velará por los más altos estándares de seguridad y fiabilidad en todo el proceso.

Otro de los cambios destacados es la inclusión de la docencia universitaria entre los fines esenciales del Colegio, con objeto de impartir en la futuro Centro universitario ICAM el grado y el postgrado de Ciencias Sociales y Jurídicas. Este era un objetivo del programa del gobierno de Ribón para “facilitar el tránsito de las aulas a los despachos profesionales con un enfoque académico orientado hacia la práctica”, se indica. Desde la corporación se subraya que “el ropaje de un centro adscrito universitario añade valor, y por tanto, reconocimiento curricular, a determinadas titulaciones que ya ofrece el colegio y que se convertirán en oficiales”.

Ester Mocholí, diputada responsable de formación e impulsora del futuro Centro Universitario del ICAM avanza que “este proyecto posicionará al Colegio como un referente académico, no solo en España, sino también internacionalmente. Además, fomentará el avance en áreas emergentes como la tecnología aplicada al derecho y la sostenibilidad”.

Los nuevos estatutos desarrollan en diversos artículos el secreto profesional para regular la confidencialidad de las comunicaciones, la entrada y registro en despachos profesionales y la figura del amparo colegial, mediante la cual se garantiza la protección activa de este principio fundamental.

Por otro lado, se eliminan las distinciones entre colegiados ejercientes y no ejercientes en la solicitud de convocatorias de juntas generales, aunque, en cumplimiento del Estatuto General de la Abogacía Española, se mantiene una ponderación doble para el voto de los ejercientes. Además, se incorpora una regulación más equitativa para el cobro de derechos derivados de dictámenes de honorarios solicitados judicialmente, adoptando el criterio objetivo del vencimiento.

Tope a posibles subidas de cuotas

En materia económica en el artículo 64.2 de los nuevos estatutos se limita la posible subida de cuotas al IPC. Hasta ahora, nada impedía a una junta de gobierno incrementar las cuotas en la cantidad considerase más oportuna.

“El ICAM se compromete a que las cuotas colegiales no suban nunca más allá del valor del IPC anual, blindando así el esfuerzo de los colegiados y garantizando una gestión responsable y previsible de los recursos del Colegio. Esta medida asegura que cualquier actualización de las cuotas sea siempre moderada, justa y ajustada a la realidad económica, evitando aumentos arbitrarios o desproporcionados. El ICAM defiende así un equilibrio responsable entre el esfuerzo colegial y la sostenibilidad económica, consolidando su compromiso con una gestión transparente y eficiente en beneficio de todos los colegiados”, concluye el decano del ICAM Eugenio Ribón.

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