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El ICAM aprueba el "testamento profesional colegial" y ampara a un abogado multado por usar el móvil en la comisaría

La junta de gobierno ha acordado conceder tres amparos a colegiados que habían visto vulnerados sus derechos durante su ejercicio profesional

La junta de gobierno del Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM) ha acordado conceder tres amparos a colegiados que habían visto vulnerados sus derechos durante su ejercicio profesional. Durante la reunión de la junta, celebrada el viernes 27 de octubre, también se ha aprobado el proyecto del testamento profesional colegial, un documento en el que anticiparse a la sucesión de los asuntos en caso de enfermedad o fallecimiento del letrado.

El decano del ICAM, Eugenio Ribón recuerda que “el colegio siempre actuará con firmeza ante cualquier situación que vulnere la dignidad de la profesión y la libertad e independencia de los profesionales en el ejercicio de la abogacía, incluyendo cualquier actuación de autoridades, tribunales o juzgados”.

El ICAM ha acordado así amparar a un colegiado multado en aplicación del artículo 36.6 de la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana (LOPSC) cuando éste se encontraba prestando servicio de asistencia letrada a un detenido. El abogado, del turno de oficio, fue sancionado con 601 euros por "desobediencia a los agentes de la autoridad en el ejercicio de sus funciones al requerirle en varias ocasiones en el interior de las dependencias policiales que está prohibido el uso del teléfono móvil, haciendo el mismo, caso omiso a las indicaciones de los agentes contestando hasta en dos ocasiones a llamadas y haciendo uso del teléfono durante toda su estancia en dependencias", según el expediente sancionador de la policía.

Los hechos ocurrieron en marzo de 2022 cuando el abogado se encontraba de guardia de investigados de violencia de género, motivo por el que acudió a la Comisaría de Policía Nacional del Distrito de Ciudad Lineal para asistir a una persona detenida. “En el curso de esta asistencia el letrado recibió una llamada telefónica, que atendió estando en dependencias policiales (…), sin que en ningún momento les faltase el respeto a los agentes de policía”, según se recoge en el informe del ICAM.

La junta de gobierno, al conceder amparo a este colegiado, considera que esta sanción “supone un quebranto en la libertad e independencia del letrado” y recuerda que “los abogados/as cuando actúan en dependencias policiales lo hacen como garantes del derecho de defensa y no en calidad de ciudadanos”.

“No deben obviar los agentes de policía en el ejercicio de sus funciones, ni la propia Administración competente, en esta caso la delegación de Gobierno, que a quienes aplican la LOSPC son profesionales de la abogacía, que deben actuar con absoluta libertad e independencia, toda vez que cualquier actuación sobre ellos de carácter represor o intimidatorio, como puede ser la incoación de un procedimiento sancionador, incide en el pleno y libre ejercicio del derecho de defensa y por ende en los derechos fundamentales de aquellos que se encuentran privados de libertad, que deben estar garantizados en todo momento, al encontrase en una situación de extrema vulnerabilidad”, precisa el ICAM.

La Junta del ICAM ha acordado, además, dar traslado “de este acuerdo al delegado del Gobierno en Madrid a los efectos que procedan y en particular, con el objeto de requerir su colaboración para erradicar esta práctica y evitar la incoación de expedientes sancionadores a los abogados/as que actúan en el ejercicio profesional en Comisarías de Policía y prestando el servicio de asistencia letrada al detenido, a quienes no se les debe aplicar la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana por parte de los funcionarios de policía”.

Trato vejatorio

Otro de los amparos aprobados se refiera a una colegiada que sufrió “trato vejatorio y de la conducta acosadora” por parte de un cliente.

Según se recoge en el informe de Defensa de la Abogacía del ICAM, “la situación de acoso padecida, no solo por las numerosas intromisiones en su libertad como directora técnica del procedimiento en el que había sido designada, sino también por las continuas amenazas que coartan y condicionan su actuación profesional, le han provocado una situación de malestar psicológico que le ha impedido desarrollar su labor profesional con normalidad”.

Para la Junta, estas circunstancias “no deben ser obviadas ni normalizadas en el ejercicio de la profesión, y si la letrada decide denunciarlo, esta Corporación solo puede prestar una efectiva actuación colegial de ayuda, acompañamiento y protección a la víctima de tal situación” y entiende “que esta conducta acosadora de su cliente perturba y atenta contra su libertad e independencia como letrada, menoscabando el ejercicio de su quehacer profesional”.

Por ello ha acordado proteger a esta letrada “a fin de proteger su libertad, prestigio e independencia profesional, así como la disposición de los medios necesarios para articular la ejecución de las medidas conducentes a dar efectividad al mismo”.

Igualmente se ha aprobado que un miembro de la Junta de Gobierno asuma la defensa de la letrada en el procedimiento de diligencias previas tramitado en el Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid iniciado tras la denuncia de la víctima.

Testamento profesional

La junta de gobierno del ICAM ha aprobado también el procedimiento que regirá el testamento colegial, una iniciativa que se había decidido poner en marcha el pasado mes de junio.

El testamento colegial permitirá a los abogados de Madrid agilizar la transferencia a otros compañeros de casos legales en curso en situaciones de fallecimiento o enfermedad prolongada e incapacitante para el ejercicio de la abogacía. Este instrumento ha sido diseñado para abordar de manera rápida y segura este tipo de circunstancias, proporcionando una base jurídica sólida que garantiza la seguridad en el proceso.

Los colegiados podrán designar a uno o varios sustitutos y conferir a la Junta de Gobierno la facultad de comunicarse con estos sucesores con el fin de proporcionarles los detalles contenidos en dicho testamento, tales como los códigos de acceso a los registros y expedientes pertinentes.

De este modo, el ICAM se suma a los Colegios de Granada, pionero en esta iniciativa, Sevilla y Baleares que ya cuentan con este protocolo.

Para Javier Mata, diputado responsable de Defensa de la Abogacía, “el testamento profesional colegial del ICAM va a ser un instrumento que otorgará mayor seguridad a profesionales y clientes ante situaciones sobrevenidas. El propósito es colaborar de forma activa con los colegiados/as para evitar que se puedan ver perjudicados sus clientes, con motivo de que el abogado/a caiga en un estado de vulnerabilidad derivado de circunstancias como accidentes graves, periodos de hospitalización, o incluso en situaciones de defunción”.

El ICAM difundirá un documento de preguntas y respuestas prácticas para que los colegiados conozcan de forma clara los detalles de este nuevo instrumento.

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