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En colaboración conLa Ley

Cómo invertir en cultura y pagar menos impuestos

El Gobierno ha reforzado un mecanismo fiscal de incentivos y los expertos vaticinan un aluvión de financiadores privados

GETTY
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Si la declaración le sale a pagar, una solución para aminorar el pellizco del fisco puede ser financiar cultura. Cine, teatro, series, festivales... El Gobierno acaba de impulsar importantes novedades en este mecanismo fiscal, en vigor desde 2021, pero desconocido por muchos, para incentivar al sector con dinero privado tras la herida de la pandemia, a cambio de suculentas deducciones fiscales. Hacienda estima que, con este atajo, autónomos y empresas de cualquier sector y tipo social generarán un ahorro de 89 millones de euros en el año fiscal que arranca.

El artículo 39.7 de la Ley del Impuesto de Sociedades permite que estos mecenas, como premio a su apoyo a la cultura, adquieran el derecho a una deducción del 120% de lo desembolsado en proyectos como un espectáculo, un festival o el rodaje de una serie. En síntesis, “si aporta 50.000 euros a una iniciativa cultural, el empresario adquiere una deducción de 60.000 euros”, explica Manuel López, CEO del despacho de abogados Sympathy for the Lawyer y de la plataforma Incentiva.

Para acogerse a este régimen, es necesario firmar un contrato de financiación, que no debe confundirse con “la inversión de un socio capitalista sobre un proyecto para luego recoger unos beneficios”, aclara López. De hecho, la ley prohíbe que el inversor tenga algún tipo de derecho o vinculación con el proyecto cultural que financia. Si la taquilla va bien, el financiador no tiene beneficios extras, y si va mal, “no pierde el dinero aportado ni renuncia a su deducción”, explica el abogado. Simplemente, aporta un dinero y consigue un derecho de deducción fiscal. Más tarde, al liquidar el impuesto de sociedades, lo que el empresario destinó a cultura no lo tiene que pagar a Hacienda, y como gratificación, consigue una rentabilidad del 20% de lo aportado. Estos incentivos también son aplicables en el IRPF.

Novedades

Con esta medida, el legislador quiere vitaminar un sector apuntalado por las ayudas públicas, donde la falta de liquidez mina las perspectivas de supervivencia de muchos proyectos. Así, a partir de enero de 2023, el Ejecutivo permitirá que los financiadores aporten dinero en cualquier fase de la producción, lo que generará seguridad a los mecenas, ya que la deducción solo se materializa cuando finaliza el proyecto.

Pero el cambio mayúsculo, con potencial para aupar al país como uno de los más amigables del mundo con la inversión en cultura, es la ampliación del máximo deducible por producciones audiovisuales, ya sean nacionales o extranjeras. Así, si antes la ley permitía no pagar impuestos por un gasto máximo de 10 millones por película o serie, ahora la cantidad se dobla a 20 millones por película y 10 millones por cada capítulo de serie. Esta novedad, que supondría un auténtico revulsivo, espera el visto bueno de la Comisión Europea, que debe aprobar que el sistema no incurre en ayudas estatales de carácter ilegal.

Más allá del evidente desahogo para las productoras, los despachos de abogados consultados por la medida coinciden en que estos nuevos topes incentivarán la llegada de numerosos financiadores, seducidos por las jugosas deducciones fiscales que la nueva ley brinda. “La reforma incrementa el poder de atracción de los grandes rodajes de Hollywood. España se ha convertido en un gran plató para el resto del mundo”, resume Carmen Aguado, socia de fiscal de Écija, quien asegura que sin estos incentivos “muchos proyectos no saldrían adelante en un sector con muchas dificultades económicas”.

El abogado Manuel López, por su parte, valora que la entrada de dinero privado hará que “la dependencia de las subvenciones disminuya”, lo que será positivo. En su opinión, la posibilidad de vender deducciones a cambio de inyecciones de capital también provocará un saneamiento de las cuentas. “Las empresas culturales se tendrán que poner las pilas en términos de contabilidad si quieren beneficiarse de estos incentivos, evitando que circule el dinero negro”.

“Desde 2017, la evolución de las deducciones contenidas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades hasta la actual redacción supone un espaldarazo importante para la creación artística en España”, valora por su parte Fernando Fuster-Fabra, socio fiscalista del bufete Fuster-Fabra Abogados. La redacción actual y la ampliación de los límites de deducción, sumado a la seguridad jurídica y a unos costes salariales y administrativos muy inferiores a los de otros países, hacen que “en nuestro país sea muy atractiva la idea de la inversión en cultura por parte de capital extranjero”.

Atraer al inversor

En España, además, se han potenciado otras ventajas fiscales para prender la llama de la creación cultural. El éxito internacional de algunas producciones, vinculadas a nuestro país, tiene en parte la culpa. En los últimos años, las regiones, conscientes de que atraer superproducciones es un negocio rentable (lo es en términos de empleos y de visibilidad al exterior), se han esforzado por ofrecer condiciones tributarias beneficiosas para encandilar a los productores.

Canarias, por ejemplo, cuenta con un sistema de incentivo fiscal de hasta un 54% para las producciones audiovisuales. La última en mover ficha ha sido Bizkaia: tras la fama mundial adquirida por el enclave de San Juan de Gaztelugatxe por su aparición en Juego de tronos, la provincia quiere atraer más superproducciones y ha promulgado una norma foral para intensificar el trato fiscal favorable, con deducciones de hasta el 70% de los gastos para producciones nacionales y extranjeras, así como para plataformas como Netflix o HBO, y de un 40% sobre los gastos de la producción de espectáculos y eventos musicales.

A estos regímenes especiales hay que sumar el mapa de ayudas directas y subvenciones a la cultura que conforman las comunidades autónomas, apostilla Isabel Mariscal, socia de Singular Law, un bufete de abogados especializado en la industria cultural. “Galicia, País Vasco, Valencia, Andalucía, Madrid, Castilla y León… Casi todas las autonomías, en mayor o menor medida, tienen ayudas directas y subvenciones”. Con el clima y la variedad de localizaciones, nuestro territorio se presenta al mundo como “un lugar ideal para la producción de proyectos culturales”, apunta la jurista.

La estrategia del Gobierno para estimular el sector cultural cuenta con otro frente, el recién aprobado Estatuto del Artista, con el que Moncloa espera mejorar la protección laboral de 70.000 trabajadores. Su principal novedad es una nueva prestación por desempleo sujeta a menos requisitos y que tiene en consideración la intermitencia del sector.

Un ejemplo con números

Partes implicadas. Una empresa del sector de la automoción firma un buen ejercicio vendiendo coches y prevé que pagará 250.000 euros por Impuesto de Sociedades. Paralelamente, la productora de un festival de música echa cuentas y estima que tiene derecho a una deducción de 500.000 euros en la cuota del impuesto de sociedades.

Contrato. Para pagar menos impuestos, la sociedad de automoción firma un contrato de financiación con la promotora del festival y le traspasa 50.000 euros; a cambio, la productora cede parte de su deducción fiscal en favor del inversor y obtiene una inyección de dinero inmediata.

Beneficios. Como resultado, la empresa financiadora, por aportar 50.000 euros al proyecto cultural, consigue una deducción de 60.000 euros (el 120% de lo aportado). Por tanto, por financiar cultura consigue un ahorro de 10.000 euros.

Declaración. Al final del camino Hacienda cuadra cuentas. La empresa de automoción le dirá a la Agencia Tributaria que, de los 250.000 euros que debía pagar por el impuesto de sociedades, ya pagó 50.000 a una empresa cultural, y como ha conseguido un ahorro extra de 10.000 euros, le resta por abonar 190.000 euros. A su vez, la promotora cultural tributará por los 50.000 euros que ha recibido del promotor.

Tope. Hay un límite. La empresa inversora podrá deducirse por esta vía hasta la mitad de su cuota íntegra, pero no más. Es decir, si en un principio debe pagar 250.000 euros a Hacienda por Sociedades, solo podrá deducirse hasta un máximo de 125.000 euros.

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