Los registradores crean un sistema telemático para facilitar la solicitud del aplazamiento del alquiler
Para tramitar la mora de la renta o de la hipoteca hay que presentar una nota del Registro de la Propiedad con los bienes inscritos a nombre del solicitante
El Colegio de Registradores de España ha puesto en marcha un sistema telemático para facilitar a los usuarios la nota de índices, que es un requisito imprescindible para solicitar el aplazamiento de la renta arrendaticia. Además, dicha nota de índices es también requisito imprescindible para solicitar al banco el aplazamiento del pago del préstamo hipotecario si con él se financió la adquisición de la vivienda habitual. Para tener derecho a ello, Real Decreto-Ley de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 exige estar en situación de vulnerabilidad económica. Para acreditar esta situación debe aportarse, entre otra documentación, una nota del servicio de índices del Registro de la Propiedad de todos los miembros de la unidad familiar.
Esta nota informa de las propiedades u otros derechos inscritos a nombre de una persona en cualquier Registro de España. Los registradores de la propiedad quieren así facilitar a las familias el cumplimiento de este requisito que estará vigente mientras dure el estado de alarma, y que evitar que las personas tengan que desplazarse a las oficinas de los registros.
Por otro lado, el Colegio de Registradores ha editado un folleto informativo traducido a todas las lenguas del Estado para informar a los usuarios de la solicitud de nota de índices para pedir el aplazamiento de la renta arrendaticia o de la moratoria hipotecaria.
Los Registros permanecen abiertos
Los Registros se han adaptado tecnológicamente para evitar desplazamientos y mantienen la continuidad del servicio.
La atención personal por parte del Registrador o de los empleados del Registro a los usuarios del mismo se realizará exclusivamente por correo electrónico o telefónicamente.
El horario de atención al público será de 9.00 a 14.00 horas de lunes a viernes. Sigue pudiéndose presentar documentación mediante correo postal o mensajería o bien físicamente, aunque por el bien de todos se recomienda la presentación telemática.
Durante la vigencia del estado de alarma podrá solicitarse la expedición de notas simples del Registro a través de la web www.registradores.org y excepcionalmente por correo electrónico.
Además, hay que señalar que queda suspendida la caducidad de todos los asientos registrales cuya vigencia esté sujeta a un plazo, como por ejemplo, una anotación preventiva y en su caso, las prórrogas del mismo.