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En colaboración conLa Ley

Un error al presentar un escrito en Lexnet no provoca su inadmisión

El TC ampara a la cliente de un procurador, quien se equivocó al marcar la opción de “casación” y no la de “unificación de doctrina”

Un simple error en la presentación de un escrito en Lexnet no puede acarrear su inadmisión. Así lo ha determinado el Tribunal Constitucional (TC) en una sentencia (cuyo texto puede consultar aquí) en la que ampara a la cliente de un procurador, al este cometer un error al cargar los datos del formulario normalizado y marcó la opción de “casación” en vez de la de “unificación de doctrina”.

Según la sentencia, el error se produjo por no venir indicadas “de modo completo” cada una de las modalidades de casación (la del régimen común y para unificación de doctrina). Esto hubiera hecho que el abogado se percatara de que solo podía elegir una de las opciones, cuando en realidad parecía que debía pulsar las dos para formar toda la frase: “Casación” para la “unificación de doctrina”.

“Lexnet no es del todo claro e induce a confusión”, afirma el Constitucional en relación a su normativa de aplicación, que no especifica algunos aspectos dudosos (como este) con carácter previo. En este sentido, recuerda que los medios tecnológicos y la modernización de la Administración de justicia “no se pueden convertir en un impedimento” para la obtención de la tutela judicial efectiva a la que todas las personas tienen derecho.

Además, el tribunal considera relevante que en casos de simple error en los datos del formulario no se genere ningún aviso que dé margen para subsanarlo.

En este caso, el abogado recibió un acuse de recibo válido, que no le obligaba en ese momento a tener que realizar ninguna gestión de subsanación. “El sistema solo exige que se carguen los datos que resultan obligatorios, pero no verifica in situ que los mismos sean fidedignos”, subraya el TC. De este modo, el tribunal recuerda que el formulario cumple “un papel accesorio”, de facilitación de la comunicación electrónica, pero “no deviene condicionante de la validez del escrito procesal”.

En definitiva, el Constitucional constata la “indefensión” y ordena la retroacción del proceso para que se resuelva conforme al escrito de impugnación del recurso de casación para la unificación de doctrina correctamente presentado a través de la Administración electrónica.

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