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En colaboración conLa Ley

Seis pasos imprescindibles para sacar el máximo partido a la nueva ley de contratos públicos

Entra en vigor la nueva normativa, que regula un sector que mueve el 20% del PIB

CINCO DÍAS

Mañana, 9 de marzo, entra en vigor la nueva Ley de Contratos del Sector Público, una norma que supone una gran oportunidad para las pymes y las empresas de la economía social, cuya presencia se pretende potenciar en el mercado de las adjudicaciones. Hasta ahora, siete de cada diez euros de los contratos públicos son adjudicados a las diez mismas empresas, según datos de la Fundación Civio. Por ello, abrir un sector que mueve el 20% del PIB europeo o 200.000 millones de euros en España, abre un filón que muchas compañías están dispuestas a aprovechar.

La Ley es una oportunidad de mejorar la colaboración público-privada que supone todo contrato, para que los ciudadanos reciban obras, bienes y servicios de gran calidad al mejor precio.

El empresario, por su parte, es un colaborador necesario que debe aportar al sector público ofertas competitivas, innovadoras y socialmente responsables. No obstante para sacar el máximo partido a la nueva norma, debe abordar seis actuaciones imprescindibles.

Registro de licitadores

Es necesaria la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público (o en el autonómico correspondiente) y mantener actualizados los datos. Este registro público recoge los datos de aptitud de los empresarios y facilita la acreditación de los mismos para todos los contratos. En las licitaciones tramitadas por el nuevo procedimiento abierto simplificado, sólo podrán participar empresas inscritas en él.

Plataforma de contratos

Las empresas deben darse de alta y manejar la Plataforma de Contratos del Sector Público (PCSP), página en la que se publicarán todos los contratos con concurrencia que celebre cualquier entidad del sector público. Recibir sus avisos es imprescindible para poder presentarse en tiempo y forma a las licitaciones. Los contratos no anunciados en ella serán nulos.

Formación electrónica

La contratación electrónica es en teoría obligatoria desde este viernes, por lo que los aspirantes a los contratos deben formarse para presentar sus ofertas en formato electrónico. Muchos poderes se retrasarán, pero es un camino que no tiene marcha atrás. El problema es que no se ha impuesto una plataforma única o se han homologado las privadas, lo que obliga a manejar las más generalizadas, en especial, las que utilicen las administraciones y entidades públicas.

Documento Europeo Único

Las sociedades tendrán que disponer del Documento Europeo Único de Contratación, un modelo de declaración responsable en el que se cargan los datos de capacidad, solvencia y habilitación profesional y se integrarán las referencias específicas de cada contrato. Paralelamente, los empresarios deben hacerse con certificados e informes de buena ejecución de sus trabajos anteriores.

Conocer los procesos

Recibir una formación básica sobre contratación pública para tener nociones sobre tipos de contratos y procedimientos; cómo analizar una convocatoria y preparar una oferta; o cómo completar la solvencia propia con medios externos puede resultar determinante para la consecución del contrato.

Ser beligerante

Es recomendable recurrir las convocatorias en las que haya restringido indebidamente la posibilidad de presentar una oferta. Debe perderse el miedo a recurrir, pues no se puede tomar ningún tipo de medida contra quien presenta la impugnación. Además, pueden presentarse simplemente alegaciones por múltiples razones: contratos que no se hayan dividido en lotes sin justificación; exigencias de solvencia desproporcionadas; o que el objeto del contrato sea poco preciso o contenga exigencias que restrinjan la competencia.

Objetivos y principios

La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público tiene como objetivo “diseñar un nuevo sistema de contratación pública más eficiente, transparente e íntegro”. Uno de los dos pilares sobre los que descansa el nuevo sistema es la integridad, concepto que abarca las medidas para prevenir la corrupción, reforzando la transparencia, ofreciendo mayores garantías de igualdad de trato e introduciendo más exigencias de motivación de las decisiones. El segundo pilar, la estrategia, supone emplear los recursos invertidos para implementar con ellos políticas públicas en materia social, medioambiental, de innovación y de promoción de las pymes.

La ley supone una doble oportunidad, en primer lugar para el sector público, que puede dotarse de “obras, servicios y suministros de gran calidad”, equilibrando criterios cualitativos y una eficiente utilización de los fondos. Y, en segundo término para el sector privado, dado el volumen de negocio que mueven los contratos públicos como por la garantía de pronto pago.

José Manuel Martínez es director del Observatorio para la Contratación Pública del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local.

También te puede interesar la «Guía con los contenidos más destacados de la nueva LCSP 2017», realizada por Javier Vázquez Matilla. Descárgala aquí.

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