Así se enfrentan los autónomos a la declaración de la renta

Muchos de los desembolsos que pueden deducirse en teoría les suponen grandes quebraderos de cabeza

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Dentro de 15 días finaliza la campaña de la renta 2022. El 30 de junio será el último día para presentar la declaración con resultado a devolver y el 27 de junio, el último para las que resulten a pagar. Desde el pasado 11 de abril, más de tres millones de autónomos se están enfrentando, como cualquier contribuyente, a declarar el IRPF. Pero su condición de trabajadores por cuenta propia les confiere una forma diferente de hacerlo.

Un capítulo que los autónomos han de superar todos los años y que para ellos resulta de los más complicados es el de las deducciones. Y es que, a pesar de las modificaciones introducidas en los últimos años, para estos contribuyentes constituyen un quebradero de cabeza: calcularlas, aplicarlas convenientemente y que sean aceptadas por Hacienda.

“Precisamente, para evitar los problemas que supone distinguir los gastos personales de los gastos profesionales de un trabajador autónomo, se aprobó hace ya años la deducción por gastos de difícil justificación en actividades económicas. Con esto se trataba de facilitarles las cosas”, informan fuentes de la Agencia Tributaria. La rebaja representa el 5% del volumen de la facturación de 2022, hasta un tope máximo de 2.000 euros.

Para evitar problemas entre lo personal y lo profesional, existen los gastos deducibles de difícil justificación

“Esta cantidad se ha quedado pequeña, debería aumentarse”, declara José Pedreira, coordinador del grupo de expertos del IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf). Los gastos de difícil justificación se añaden al resto de costes y así se minoran los ingresos.

Además de las cuotas a la Seguridad Social, cada autónomo se puede deducir una serie de gastos en los que haya incurrido en el ejercicio de su trabajo. Y aquí empiezan los problemas y las quejas de los interesados. “El uso del gasto de vehículo para las actividades económicas es recurrente, pero las reglas no son efectivas”, asegura Pedreira.

“Solo unos pocos, que no se dediquen específicamente a actividades de transporte, llegan a poderse restar los gastos del coche que utilizan en su actividad. Es casi imposible demostrar su uso profesional y la carga de la prueba la tiene que aportar el contribuyente, lo que no ocurre con otros gastos”, indica Carmen Fernández, gestora fiscal. Aurora Sanz Bernad, tasadora de inmuebles, da fe: “Yo me muevo con mi automóvil para trabajar, no hay otra manera, pero no me admiten deducirme los gastos”. La Agencia Tributaria denegó a María Muñoz Artemo, arquitecta técnica, incluir gastos como la adquisición o el aparcamiento porque consideró que “las pruebas aportadas por la contribuyente no excluyen el uso de ese vehícu­lo para necesidades privadas, por lo que no puede considerarse como bien afecto en exclusiva a la actividad económica”, según consta en la notificación enviada a la profesional.

Intentar restar los costes del vehículo que se utiliza para trabajar es casi imposible y muy arduo

Otra dificultad con la que se encuentran los autónomos “es que los profesionales, los que no tienen un negocio, tienen en general pocos gastos, pero si compran un ordenador, por ejemplo, no se pueden consignar como gasto más de 300 euros, ya que en ese caso es una amortización”, argumenta Fernández, gestora fiscal.

Más ejemplos de barreras a la hora de rebajar la factura fiscal con los costes de la actividad: Mercedes Gómez es propietaria de un negocio de estética y, en un momento dado, contrató para el local el paquete de fusión que ofrece una compañía telefónica. “La inspección de Hacienda no me permitió deducir este gasto porque me comunicó que la televisión es de uso particular”. Como tampoco dio el visto bueno a que contratara una agrupación de móviles para el trabajo. “Lo hice porque sale más caro el móvil individual y quise ahorrar”, explica la empresaria.

Suministros

En 2017 se aprobó la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Esta norma incluyó una serie de deducciones, dirigidas a aquellos autónomos que trabajan en casa, y que consisten en que se podrá restar el 30% del porcentaje de la vivienda afecto a la actividad económica por los gastos de suministros de electricidad, telefonía o gas. “Cuando se hacen los cálculos, en realidad la rebaja de los suministros aplicable se limita al 6%”, concluye el fiscalista de Aedaf. La gestora fiscal Carmen Fernández confirma que estas deducciones no le interesan. “A mí no me compensa aplicármelas, da mucho trabajo y son poquísimos euros”. En su día, cuando se estaba negociando el proyecto de ley con el Gobierno de Mariano Rajoy, las propias asociaciones que representan a los autónomos pidieron que esta ventaja fiscal se ampliara por considerarla insuficiente.

La deducción por luz, gas o teléfono para los que trabajan en casa resulta, tras los cálculos, muy escasa

En lo que sí coinciden asesores fiscales y trabajadores por cuenta propia es en qué tipo de gastos merece la pena incluir en la declaración para reducir los ingresos, y son suscripciones a programas informáticos o de contabilidad y cuotas a asociaciones y colegios profesionales.

Además de los gastos deducibles, los trabajadores autónomos se encuentran con otras dificultades, como son las retenciones a los profesionales sin negocio o micropymes.

Fernández considera igualmente injusto que a estos, transcurridos dos años desde el inicio de la actividad, se les aplique una retención en sus ingresos del 15%. “La retención no tenía que ser fija, tendría que depender de los rendimientos obtenidos”. Teresa González del Amo, diseñadora gráfica, expone su caso a propósito del tipo del 15%. “En la campaña de la renta del año pasado la declaración me salió con derecho a devolución de 2.300 euros. No niego que me vinieron muy bien cuando me los abonaron. Pero mejor me hubiera venido no haber tenido una retención tan alta y haber dispuesto de ese dinero el año anterior para mi actividad”.

El tipo de retención del 15% en los ingresos les parece excesivo a los profesionales por cuenta propia

Otro problema que estos trabajadores creen que es mayor en su caso es el de las inspecciones. Pedreira, de la Aedaf, corrobora que para los técnicos de Hacienda “es más fácil gestionar el IRPF de las personas físicas que el de una sociedad mercantil, y de ahí que les investiguen más”. Desde Hacienda niegan que se realicen más inspecciones a los autónomos personas físicas solo por el hecho de serlo y que las investigaciones se llevan a cabo sin mirar antes el tipo de contribuyente.

Hay determinadas actividades económicas, fijadas en una orden, que pueden tributar en el régimen de estimación objetiva o módulos, con ciertos límites de ingresos. Se llaman módulos porque se establecen unas características del negocio (ubicación, metros cuadrados o estimación de rendimientos) para tributar. Este régimen, al que se adhieren sobre todo la hostelería, las peluquerías o los talleres de reparación de vehículos y que data de 1992, lleva en el alero más de una década, “ya que la Unión Europea está en contra de su existencia porque afecta también a la recaudación del impuesto sobre el valor añadido (IVA)”, señala Pedreira. De hecho, en los territorios forales ya no existe, pues en el País Vasco desapareció en 2014 y en Navarra, en 2021.

En la campaña de la renta 2022 se ha elevado del 5% al 15% la reducción del rendimiento neto. Para las actividades agrícolas y ganaderas, se establece la posibilidad de aplicar sobre el rendimiento neto previo reducciones adicionales: un 35% del coste de adquisición del gasóleo agrícola y un 15% del coste de adquisición de los fertilizantes.

Rendimientos obtenidos y número de trabajadores

Neto reducido. De acuerdo con los datos de la campaña de la renta de 2020, facilitados por la Agencia Tributaria, el rendimiento neto reducido –la diferencia entre los ingresos computables procedentes de ventas, prestación de servicios, autoconsumo y subvenciones y los gastos deducibles– obtenido en el régimen de estimación directa ascendió a 25.854 millones de euros. El rendimiento en el régimen de estimación objetiva (módulos) no agrícola fue de 1.938 millones de euros y en el agrícola, de 2.441 millones. 
Obligados. El número de trabajadores por cuenta propia existentes a 31 de diciembre de 2022 era de 3.324.048. Están obligados a presentar la declaración de IRPF todos los que superen los 1.000 euros de ingresos anuales, lo que supone que lo están una amplia mayoría. 
Personas físicas. De los 3,3 millones de autónomos que trabajan en España, dos tercios son personas físicas y el resto tienen uno o más empleados, según el Ministerio de Trabajo y Economía Social.
Gastos. Los tipos de gastos deducibles, en el caso de los autónomos, superan la decena, y van desde la cuota a la Seguridad Social, los de personal, los de material, los de aprovisionamiento y costes financieros, hasta los desembolsos a gestorías y asesorías, alquiler de locales, transporte o las cuotas a asociaciones y colegios profesionales.

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