El BCE apoya centralizar en la ESMA la supervisión de la industria cripto
La entidad respalda la propuesta de la Comisión de un regulador único para abordar los riesgos sistémicos derivados de los actores significativos y evitar el contagio al sistema bancario

La propuesta de la Comisión Europea de centralizar la supervisión de las entidades cripto en el regulador europeo, la ESMA, retirando de este modo la competencia a los vigilantes nacionales, ha levantado oposición tanto en la Eurocámara como en el Consejo de UE, además de en determinados supervisores, y no todos los países están de acuerdo con otorgar al organismo europeo plenos poderes. Pero mientras se afina la propuesta política, el Banco Central Europeo (BCE) ha despejado todas las dudas, al menos desde su punto de vista: la máxima autoridad monetaria apoya plenamente que el control de las entidades cripto quede en manos del vigilante europeo. “Esta medida garantizará la convergencia supervisora, reducirá la fragmentación y mitigará los riesgos transfronterizos en los mercados de criptoactivos, apoyando así la estabilidad financiera y la integridad del mercado único”, explica en una opinión publicada recientemente.
El auge del mercado cripto no es el único aspecto que preocupa al BCE. El aumento de los vínculos con el sector bancario, algo que toca ya de cerca la labor de la autoridad monetaria, es otro de los riesgos que la entidad quiere mitigar. Los proveedores cripto se han convertido en socios comerciales de los bancos, a los que ofrecen su infraestructura y servicios, desde la provisión de liquidez hasta la tecnología de custodia. “Los bancos participan cada vez más en servicios relacionados con criptoactivos, desarrollando así interconexiones operativas y financieras con los proveedores de servicios de criptoactivos, en particular aquellos organizados como grupos multifuncionales que integran custodia, negociación, liquidación y otros servicios esenciales dentro de estructuras corporativas transfronterizas”, señala el BCE.
La autoridad monetaria recuerda que se trata de grupos que operan en gran medida fuera de la supervisión consolidada y esto conlleva riesgos. “Amplifica los canales de contagio intragrupo y puede transmitir fallos de gobernanza, interrupciones operativas o tensiones de liquidez al sistema financiero”, insiste. También destaca la exposición de los bancos que ofrecen servicios bancarios a las empresas criptos: estas, de hecho, están obligadas a guardar los fondos de sus clientes en depósitos bancarios, por lo que cualquier shock podría transmitirse a estas entidades. “Estas vulnerabilidades estructurales ponen de relieve la necesidad de un régimen de supervisión centralizado a escala de la Unión para los proveedores de servicios cripto, capaz de abordar los riesgos sistémicos derivados de actividades significativas, evitar la migración de riesgos hacia el sistema bancario y salvaguardar la estabilidad financiera”, aseveran.
En el mismo documento, la entidad también pide ser miembro sin derecho a voto en el comité ejecutivo de la ESMA cuando se debatan no cuestiones sobre proveedores de servicios cripto, especialmente en relación con servicios como custodia o intercambio de stablecoins. “Tienen implicaciones en temas de competencia del BCE, como los sistemas de pago y la transmisión de la política monetaria”, insisten.
La propuesta de la Comisión que plantea una supervisión única llegó en el pasado diciembre, en vísperas del primer aniversario de MiCA. En sus primeros 12 meses, los vigilantes europeos han trabajado a dos velocidades y con doble vara de medir, con países como Alemania que ya han otorgado más de 50 licencias, y otros como Italia que no han concedido ninguna. Otras jurisdicciones, en cambio, se han convertido en los destinos favoritos para entidades internacionales que buscan una puerta de entrada al mercado europeo. Para evitar cualquier arbitraje regulatorio, el órgano de gobierno de la UE ha propuesto que todas las entidades, de cualquier tamaño, sean supervisadas por la ESMA.
Algunos países apoyan la propuesta de la Comisión para liberarse de la responsabilidad de supervisar un sector de elevado riesgo; pero otros como España abogan por un modelo compartido, donde la ESMA vigila a los actores significativos mientras las autoridades nacionales se encargan de las entidades locales. Otras jurisdicciones como Malta, rechazan esta posibilidad y creen que todavía es prematuro tomar esta decisión, ya que MiCA acaba de aplicarse. La isla, conocida por su actitud crypto-friendly, fue objeto el año pasado de una revisión exprés del supervisor europeo que cuestionó la falta de rigor del supervisor nacional en el proceso de concesión de la autorización a una compañía cripto.
Pero la posición de la Comisión es firme y cuenta ahora con el respaldo del BCE, que no se limita solo a apoyar su decisión, sino también sugiere ampliar la categoría de entidades significativas: el artículo 85 de MiCA solo establece que un proveedor de servicios de criptoactivos se considerará significativo si tiene en la Unión al menos quince millones de usuarios activos, en media en un año. La autoridad monetaria pide tener en cuenta más métricas de relevancia, como el tamaño, la actividad transfronteriza, la importancia sistémica, o el volumen de operaciones de las plataformas. Además, propone una revisión periódica de los criterios aplicables a las entidades significativas, en línea con la evolución del mercado.
El BCE coincide con la Comisión también en otro aspecto: que los servicios cripto de los bancos sigan bajo la supervisión de las autoridades nacionales (en España, por ejemplo, la CNMV) y que pasen a estar supervisadas por la ESMA solo cuando sus servicios criptos se conviertan en su actividad principal. Es decir, si más del 50% de su volumen de negocios anual está ligado a los activos digitales.
No obstante, pide que se aclaren los umbrales para establecer cuando operar este traspaso. “Basarse en una única métrica, como un 50% de volumen de negocio, puede no reflejar adecuadamente modelos de negocio en los que el principal factor de riesgo es el volumen de operaciones y no los ingresos (por ejemplo, custodia o plataformas de negociación). También podría considerarse la negociación por cuenta propia en criptoactivos y derivados, así como las actividades de préstamo y endeudamiento de criptoactivos, ya que estas pueden generar riesgos significativos que no quedan reflejados en un enfoque basado en el volumen de negocio”, concluyen.