Qué ocurre con el 1 de noviembre, el Día de Todos los Santos, que es festivo pero cae en sábado
Es una de las dos festividades que coincide en sábado en el año 2025; la otra es la del 6 de diciembre, Día de la Constitución


Entramos en el mes de noviembre con un único festivo en el calendario: el 1 de noviembre, Día de Todos los Santos. Es una de las dos festividades que coincide en sábado en el año 2025; la otra, que no queda tan lejos, es la del 6 de diciembre, Día de la Constitución. ¿Qué ocurre con este tipo de festivos? ¿Se disfrutan?
El 1 de noviembre, al ser día no laborable para una parte importante de los trabajadores, la mayoría no disfrutará de esta jornada festiva como tal. Las empresas no están obligadas a compensar ese día por otro. Las que lo deseen, podrán cerrar y no dar su servicio para destinarlo a día de descanso.
El artículo 37 del Estatuto de Trabajadores dice, sobre los festivos, que “las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año, de las cuales dos serán locales”.
En cuanto al calendario escolar, son cuatro las comunidades autónomas que han decidido que el lunes 3 de noviembre sea no lectivo, creando un puente de tres días: la Comunidad de Madrid, Aragón, Galicia y Asturias.
¿Y si cae en domingo?
No ocurre lo mismo con los festivos que caen en domingo. “El Gobierno podrá trasladar a los lunes todas las fiestas de ámbito nacional que tengan lugar entre semana, siendo, en todo caso, objeto de traslado al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo“, lee el Estatuto.
Fue el caso del pasado lunes 13 de octubre. El Día de la Fiesta Nacional cayó en domingo 12 y cinco comunidades autónomas (Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León y Extremadura) decidieron disfrutarla el lunes.
Este mismo artículo señala que “las comunidades autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, podrán señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias, sustituyendo para ello las de ámbito nacional que se determinen reglamentariamente y, en todo caso, las que se trasladen a lunes”
“Si alguna comunidad autónoma no pudiera establecer una de sus fiestas tradicionales por no coincidir con domingo un suficiente número de fiestas nacionales podrá, en el año que así ocurra, añadir una fiesta más, con carácter de recuperable, al máximo de catorce”.

