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España sufre una nueva derrota por las primas de las renovables y le condenan a pagar el doble al primer inversor que logró una victoria

El Ciadi concede al fondo británico Eiser una indemnización de 262 millones, al estimar la segunda demanda planteada, después de que anularan un primer laudo por 128 millones

La firma inversora Eiser Infrastructure no se ha dado por vencida y, tras perder un primer frente legal contra España, ha logrado que una corte de arbitraje vuelva a darle la razón y le reconozca el derecho a recibir una indemnización millonaria por el recorte de las primas de las renovables. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), la corte de a...

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La firma inversora Eiser Infrastructure no se ha dado por vencida y, tras perder un primer frente legal contra España, ha logrado que una corte de arbitraje vuelva a darle la razón y le reconozca el derecho a recibir una indemnización millonaria por el recorte de las primas de las renovables. El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), la corte de arbitraje dependiente del Banco Mundial, ha condenado a España a abonar al fondo británico 262 millones de euros, más intereses, más del doble de lo que se le concedió en 2017 y que quedó sin efecto tras ser anulado.

La nueva condena se convierte en la segunda mayor compensación, después de la reconocida a NextEra (290,6 millones de euros), por las consecuencias de la reforma eléctrica acometida en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy, que motivó a numerosas compañías y fondos a litigar contra España por la reducción de las retribuciones prometidas para la inversión en energías renovables,

La batalla de Eiser y su filial luxemburguesa Energía Solar —que en 2007 y 2010 invirtieron en tres plantas de energía solar termoeléctrica— tiene más de 10 años de recorrido. Las firmas iniciaron en diciembre de 2013 el arbitraje, por el que reclamaron 256 millones de euros, más intereses y costas, por las pérdidas ocasionadas con la modificación legal que regula el sector. El tribunal del Ciadi constituido entonces consideró que España había violado el Tratado de la Carta de la Energía —acuerdo internacional al que se han acogido todos los demandantes y del que España y la Unión Europea han decidido retirarse—, y en mayo de 2017 dictó un laudo por el que condenó al Estado español a pagar 128 millones de euros, más intereses y costas.

Este laudo fue el primero del medio centenar de demandas de arbitraje presentadas (la mayoría de ellas ante la institución arbitral con sede en Washington), contra España por el recorte de las primas de las renovables. No obstante, la Abogacía del Estado consiguió anular esa primera victoria en junio de 2020 por conflicto de interés. Un comité de anulación del Ciadi comprobó que uno de los árbitros del tribunal había trabajado en varias ocasiones con el perito de los demandantes, relación profesional que no fue divulgada durante el procedimiento, lo cual es obligatorio.

El fondo consideró que la nulidad se debió a una cuestión técnica y que el fondo del asunto se mantenía intacto, por lo que decidió reiniciar el litigio un año después con la presentación de una nueva demanda, por la que ha reclamado 444 millones de euros, al actualizar los resultados financieros previstos hasta el 31 de diciembre de 2023. Las firmas demandantes, asesoradas por el despacho A&O Shearman, insistieron en sus argumentos, que han vuelto a ver el respaldo del Ciadi, aunque con la opinión disidente de uno de los miembros del tribunal, según han informado fuentes jurídicas.

Trato justo y equitativo

El laudo, emitido el pasado 16 de octubre, vuelve a declarar que España no respetó la cláusula del trato justo y equitativo del mencionado tratado internacional porque desarmó el régimen regulatorio previsto en un real decreto aprobado en 2007, sustituyéndolo por un esquema de “rentabilidad razonable” revisable cada seis años. Según la mayoría del tribunal, este cambio normativo frustró expectativas generadas por la propia normativa española y el compromiso de que el régimen retributivo no se modificaría para inversiones existentes. Así, los árbitros consideran que España perjudicó a los inversores por aplicar la reforma de manera retroactiva, mientras que los inversores esperaban que las condiciones económicas previstas se mantuvieran para la vida útil de las plantas.

Con ello, el Ciadi ha condenado al Estado español a pagar una indemnización de 262 millones más intereses, a contar desde el 1 de enero de 2024. El tribunal adoptó dicha cuantía al entender que las plantas tenía una vida útil de 25 años en lugar de los 40 años alegados por el fondo británico y su filial en Luxemburgo y que una de las instalaciones fue vendida en 2019 a un tercero. Por otro lado, determinó que cada parte asuma sus gastos legales. Este fallo aún no es firme, por lo que los demandantes no pueden pedir el reconocimiento y ejecución del laudo por ahora. España tiene la posibilidad de solicitar la nulidad del laudo, como ya hizo con la primera demanda.

Por el momento, de las 50 demandas de arbitraje que se han presentado contra España, 28 se han saldado a favor de inversores o fondos oportunistas, cuyas compensaciones suman alrededor de 1.700 millones de euros más intereses legales. España se niega la validez de estos litigios y, por consiguiente, abonar las indemnizaciones en base a dos argumentos: que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) limitó los arbitrajes intracomunitarios y que la Comisión Europea tiene que autorizar los pagos, un argumento que se reforzó a principios de año cuando Bruselas denegó la indemnización en el caso relativo al inversor Antin al considerarla contraria a derecho europeo y, por tanto, “una ayuda de estado ilegal”. En el caso Eiser, la opinión disidente emitida por el profesor Marcelo Kohen fue en este sentido, según indicaron las fuentes jurídicas consultadas.

Prevé pagar solo 167 millones de euros

Por el momento, España solo ha aceptado pagar la indemnización de unos 23,5 millones a la japonesa JGC, después de recibir la aprobación de la Comisión Europea y de negociar con el fondo que ha adquirido los derechos de este litigio, la firma norteamericana Blasket Renewables, el final de todos los procedimientos abiertos alrededor de este asunto. Fuentes gubernamentales calculan que de la factura total se pueden ahorrar a las arcas públicas más de 1.500 millones, ya que es la cantidad que corresponde a arbitrajes iniciados por sociedades afincadas en la Unión Europea. Así, cuentan con desembolsar únicamente 167 millones de euros en indemnizaciones a cuatro inversores extracomunitarios, no sujetos al derecho europeo, aunque la Comisión Europea aún no se ha pronunciado sobre su autorización.

Frente a la negativa de España de abonar las indemnizaciones, la estrategia de los inversores o fondos oportunistas ha sido la de instar en tribunales de Reino Unido, Bélgica o Australia el embargo cautelar de activos españoles en dichos países, a lo que ahora se puede sumar Estados Unidos tras los recientes fallos en los que han rechazado las alegaciones de los servicios jurídicos españoles, como los pagos de la pública Enaire por parte del gestor del tráfico aéreo en Europa, Eurocontrol, así como bienes inmuebles como la sede del Instituto Cervantes en Londres.

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