El Supremo estudiará el recurso de fondos oportunistas contra la CNMV por la opa de MásMóvil
El tribunal admite el requerimiento y decidirá sobre la legitimación activa pese a haber adquirido las acciones tras el anuncio de la oferta
El Supremo da aire a Polygon Global Partners, Blackwell Partners, Fourworld Capital Management y otros fondos oportunistas en su batalla legal contra la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La pugna surge tras la autorización de la oferta pública de adquisición lanzada en 2020 por varios fondos de capital riesgo, Cinven, KKR y Providence, sobre la compañía de telecomunicaciones MásMóvil, ahora integrada con Orange. ...
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El Supremo da aire a Polygon Global Partners, Blackwell Partners, Fourworld Capital Management y otros fondos oportunistas en su batalla legal contra la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). La pugna surge tras la autorización de la oferta pública de adquisición lanzada en 2020 por varios fondos de capital riesgo, Cinven, KKR y Providence, sobre la compañía de telecomunicaciones MásMóvil, ahora integrada con Orange. La Audiencia Nacional, en un primer momento, rechazó el requerimiento el pasado diciembre. Pero el Tribunal Supremo deja la puerta abierta a un cambio de postura: admite el recurso “a fin de determinar si el titular de las acciones ostenta legitimación activa para recurrir la aprobación de una opa voluntaria pese a haber adquirido las acciones con posterioridad a su anuncio y con independencia del número de acciones que ostente”, dice el fallo al que ha tenido acceso este diario, fechado el pasado 10 de abril.
A la Audiencia Nacional llegaron diversas apelaciones (se deliberaron de forma conjunta), de cada fondo que se sintió perjudicado, aunque todas se rechazaron de plano porque habían comprado las acciones cuando ya se conocían las condiciones de la opa, que incluía la intención de exclusión de los correspondientes valores de la negociación bursátil. “La situación de la actora, tras el anuncio de la opa, no es equiparable a la de quienes ya eran accionistas antes de dicho anuncio y se ven sorprendidos en su posición inversora”, recuerda el texto.
El alto tribunal no especifica el demandante de este nuevo recurso, aunque la resolución afectaría a todos: “Sin perjuicio de que la sentencia haya de extenderse a otras cuestiones o normas si así lo exigiere el debate finalmente trabado en el recurso”, incide el auto. De hecho, se señala igualmente que con esta decisión se formará jurisprudencia para otros casos similares en el futuro.
El fallo relata lo decidido por la Audiencia y cuenta cómo el recurrente adquirió 198 acciones tras el anuncio de la oferta pública de adquisición. “No puede obviarse el muy escaso número de acciones que adquiere la actora, su conocimiento de las circunstancias esenciales de la opa que le permitían valorar el riesgo que asumía con dicha compra, y el escaso o nulo beneficio que podría obtener de una eventual sentencia estimatoria dada la inviabilidad, al tratarse de una opa voluntaria, de la pretensión de recálculo que se contiene en el suplico de la demanda, cuyo conjunto de factores llevan a concluir que el interés de la demandante no es real, efectivo y legítimo para erigirse como parte recurrente en el actual proceso”, aclara el texto.
Sin embargo, sobre la legitimación activa, el Supremo tiene dudas. “No existe un pronunciamiento del Tribunal Supremo en el sentido de si una persona física ostenta legitimación activa para recurrir en la jurisdicción contencioso-administrativa la aprobación de una opa voluntaria pese a haber adquirido las acciones con posterioridad a su anuncio y con independencia del número de acciones que ostente, poniéndose de manifiesto la necesidad de un pronunciamiento del Tribunal Supremo respecto a esta cuestión”, insiste el fallo. Por ello, los magistrados admiten a estudio el caso.
Esto genera cierta inquietud, tanto para la CNMV como para los fondos que compraron MásMóvil. La anulación de una opa de casi 3.000 millones de euros supondría un terremoto para el mercado y probablemente generaría una dañina percepción de inseguridad jurídica. Aunque lo que ahora se estudia es solo la legitimación activa y no el fondo del asunto, pero una resolución contraria a lo dicho por la Audiencia generaría incertidumbre.
Los citados fondos de inversión KKR, Cinven y Providence lanzaron en 2020 una oferta pública de adquisición por la totalidad del capital de MásMóvil a un precio de 22,5 euros por acción, lo que suponía valorar la operadora en 2.963 millones de euros. Los títulos se dispararon en Bolsa y llegaron a superar el precio de la opa por las compras de inversores oportunistas que especulaban con una mejora de la oferta.
Diferencias en la Audiencia
Ya en la Audiencia Nacional, los jueces no tuvieron una postura unánime. De hecho, hubo un voto particular, del magistrado José Félix Méndez Canseco, que facilitaba la vía de un recurso. Dicho juez sostenía que “hacer derivar del momento de la compra de las acciones la legitimación procesal de las recurrentes no se ajusta a derecho y carece de la menor cobertura legal”. A lo que añadió: “Al parecer se trata de una invención u ocurrencia de la Comisión Nacional del Mercado de valores y de la Abogacía del Estado o viceversa”, y defendía el derecho de los fondos a especular en su condición de inversores. Además, rechazaba que se les llame oportunistas.
“No es de recibo considerar que las entidades y personas en este caso recurrentes actúan de modo irregular, como si se tratase de entidades sospechosamente especuladoras y oportunistas, cuando, como es el caso, lo que sucede es que han comprado acciones de MásMóvil con posterioridad al anuncio de la opa y después las vendieron antes de la aprobación de la exclusión. Está claro que compraron legítimamente acciones (que otros legítimamente les vendieron), porque especularon y vieron una oportunidad de inversión legítima; y también está claro que después vendieron, naturalmente antes de la exclusión, por la sencilla razón, también legítima, de que, en caso contrario, una vez llegada la exclusión, sus acciones perderían el valor indudable que proporciona la liquidez en el mercado”, argumentó el magistrado en su voto particular.
El juez consideraba que los acuerdos entre los fondos que lanzaban la opa y determinados accionistas que tenían un compromiso de reinversión supone que “no se aprecie un reparto equitativo del valor de la compañía entre todos los accionistas”. Por esa disparidad de trato, sostuvo en su voto particular, debería anularse la opa.
Fusión con Orange
La situación de MásMóvil, actualmente, es completamente distinta. En julio de 2022, su matriz Lorca JVCo firmó un acuerdo de fusión con Orange, valorado en más de 18.000 millones de euros. Tras una larga revisión, la Comisión Europea dio el visto bueno a la operación en febrero de este año. La transacción se ha cerrado definitivamente hace pocas semanas, dando lugar a una nueva compañía, repartida al 50%, y bautizada como Masorange.
La empresa se ha convertido en el primer operador español en número de clientes de telefonía móvil y banda ancha fija, por delante de Telefónica. Por el camino, en 2021, MásMóvil se hizo con el control de Euskaltel, en una opa valorada en cerca de 3.000 millones de euros, incluida la deuda.
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