La justicia confirma que Renfe no abusó de su posición dominante en Mercancías al cambiar las tarifas en 2022

La Audiencia de Madrid desestima un recurso de la Asociación de Transporte Internacional por Carretera por el cambio de precios

Tren de mercancías de RenfePablo Monge

Nueva victoria judicial de Renfe frente a los transportistas. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso que la Asociación de Transporte Internacional por Carretera (ASTIC) presentó contra la sentencia de primera instancia que declaró que la compañía ferroviaria no abusó de su posición dominante al cambiar las tarifas del servicio de la Red Intermodal Multicliente (RIM) en 2022.

En una sentencia, con fecha del pasado 30 de enero, la Audiencia de Madrid ha confirmado la del Juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid, dictada en junio de 2023, que concluyó que era “más que cuestionable que una subida de precios o cambio en las tarifas se pueda identificar con una actuación de explotación o aprovechamiento, especialmente cuando las mismas se han mantenido a lo largo de los años”. Examinados estos argumentos y el recurso de los transportistas, la Audiencia ha ratificado el fallo y ha declarado que Renfe Mercancías no ha incurrido en ninguna conducta constitutiva de abuso de posición dominante ni en ninguna práctica de competencia desleal en el mercado del transporte intermodal de mercancías, según ha indicado la entidad en un comunicado.

En su fallo, el tribunal ha tenido en cuenta el principio de libertad en el establecimiento de las condiciones tarifarias en la prestación de servicios de la Red Intermodal Multicliente en un mercado liberalizado, siempre que sean transparentes y no discriminatorias, ha destacado Renfe.

Según Renfe, dicha modificación se llevó a cabo para hacer frente a las pérdidas de explotación que dicho servicio le provocaba a la compañía, ya que las tarifas no habían sido actualizadas en más de diez años y se habían convertido en obsoletas por los cambios en las condiciones de explotación y el incremento de costes operados en ese período.

Por su parte, la Unión de Operadores de Transporte Comodal (UOTC), que aglutina la división intermodal de la patronal de los transportistas Astic, denunció que esas nuevas condiciones fueron impuestas de forma unilateral y en condiciones no equitativas. Así, advirtió de la actividad en 500.000 toneladas de mercancías en España, ya que todos los contenedores sería cobrados como cargados, se eliminaba la tarifa de ‘contenedor vacío’, al tiempo que se incrementaba, el algunos casos, el 68% en los precios finales netos para el tráfico de ida en cargado y vuelta en vacío.

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