El CGPJ advierte que la autoridad del cliente financiero invade las funciones de los tribunales

Afirma que la creación de un sistema extrajudicial vulnera la “exclusividad de la jurisdicción” que la Constitución otorga al Poder Judicial

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Asuntos Económicos, Nadia Calviño, en la Comisión de Asuntos Económicos en el Congreso de los Diputados.MARISCAL (EFE)

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha puesto reparos a la futura ley que creará la Autoridad Administrativa Independiente de Defensa del Cliente Financiero. En un informe sobre el anteproyecto de ley, el órgano de gobierno de los jueces ha advertido de que la creación de un sistema público para la resolución alternativa de litigios en materia de consumo vulnera la “exclusividad de la jurisdicción” que la Constitución guarda al Poder Judicial.

El Consejo de Ministros aprobó el 22 de noviembre de 2022 este anteproyecto de ley, que se ha sometido, con carácter preceptivo y no vinculante, al Consejo General del Poder Judicial. El Pleno ha aprobado este jueves por unanimidad un texto, del que ha sido ponente el vocal Wenceslao Olea, en el que explica que la relación entre una entidad financiera y sus clientes es una “relación jurídico-privada”, al entender que los conflictos surgidos entre ellos serán “un puro conflicto entre particulares sometido a Derecho Privado”.

“La Administración no puede crear instancias administrativas para resolver coactivamente controversias entre particulares regidas por el derecho privado, ya que ello comporta la invasión del espacio que la Constitución reserva en exclusiva al Poder Judicial”, indica el informe, al que la vocal Nuria Díaz añadirá un voto concurrente.

Los vocales del CGPJ tampoco ven con buenos ojos que el anteproyecto recoja la previsión de que, cuando el volumen de las reclamaciones previstas requiera de medios personales adicionales, la autoridad de defensa del cliente pueda recabar de manera excepcional la colaboración de otros órganos o entidades públicas y privadas. Para el órgano de gobierno de los jueces es “radicalmente inadmisible” que la potestad para resolver conflictos pueda ser “cedida a cualquier órgano o entidad”.

El Gobierno, mediante esta nueva ley, con la que se transpone una Directiva europea de mayo de 2013, prevé articular mecanismos ágiles y eficaces para resolver las reclamaciones de usuarios frente a entidades supervisadas, empresas fintech y prestadoras de servicios de criptoactivos. Un nuevo organismo que dictará resoluciones extrajudiciales cuando la cantidad sea inferior a 20.000 euros.

Tasa de 250 euros

El proyecto legislativo ya está en trámite parlamentario y el pasado 8 de marzo afrontó su primer examen. El Gobierno, representado en este caso por la vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, defiende que la nueva autoridad es “clave” para la protección de los consumidores, si bien la banca no opina lo mismo, ya que se prevé que las entidades que quieran recurrir ante este nuevo organismo abonen la tasa de 250 euros por cada reclamación admitida a trámite.

El CGPJ entra a valorar este punto y critica que el Gobierno, en su función de prelegislador, haya optado por la prestación de un servicio gratuito para los clientes financieros frente a la tasa que deberá pagar una entidad financiera. Así, considera que esta tasa es una “suerte de impuesto”, al tiempo que indica que su configuración pone “en riesgo alguno de los principios que presiden nuestro sistema tributario”.

Por otro lado, el informe también tacha de “exorbitante” la definición que se hace del cliente financiero. Según indica, el anteproyecto incluye en esta figura a personas físicas (ya sean consumidores o profesionales) y a personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, dispensándoles a todos el mismo “nivel de protección”. En este sentido, apunta que ese régimen de protección debe limitarse a consumidores y usuarios, ya que la directiva europea que se transpone excluye de manera expresa los litigios entre comerciantes.

Contradicción entre jurisdicciones

El proyecto normativo ya fue examinado por el Consejo Fiscal -órgano consultivo de la Fiscalía General del Estado- el pasado mes de enero y, pese a que hizo una valoración positiva general de la futura norma, señaló que no quedaba “clara” cuáles serán las funciones de la nueva autoridad del cliente financiero o cuál es la vía judicial a la que pueden optar tanto los clientes como entidades para defender sus intereses, una vez se resuelvan las reclamaciones por la vía administrativa. Asimismo, los fiscales alertaron de que las funciones del nuevo órgano podría chocar con las competencias que ahora mismo tienen en este ámbito otros entes supervisores como la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el Banco de España o la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

El CGPJ coincide con el Consejo Fiscal en la posible contradicción entre las jurisdicciones competentes para conocer los recursos frente a las resoluciones de la autoridad de defensa del cliente. La futura norma atribuye la competencia exclusiva al orden contencioso-administrativo para resolver las impugnaciones, si bien el órgano de gobierno de los jueces recuerda que tradicionalmente es la jurisdicción civil la encargada de solucionar las disputas entre las entidades financieras y los clientes bancarios. La Fiscalía denunció en su informe una “dualidad de jurisdicciones”.

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