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Bruselas plantea subvencionar la luz a pymes y hogares en caso de crisis

La UE desoye la propuesta de España de fijar precios regulados, defiende el mercado marginalista y se alinea con Alemania

Carmen Monforte
Úrsula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea.
Úrsula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea.Reuters

No ha sido necesario esperar al día 16 de este mes, tal como estaba previsto, para conocer la propuesta de la Comisión Europea sobre la reforma del mercado mayorista de la electricidad europeo, inducida por los estados miembro tras la escalada de precios provocada por la invasión rusa de Ucrania. Una filtración del borrador del texto normativo articulado, ha permitido conocer las medidas que plantea Bruselas para la reforma, que, como se esperaba, están más alineadas con la de la agencia de cooperación de reguladores de la energía europeos (ACER) y la planteada por Alemania y otros cinco países del centro y norte de Europa, que las de España y otros países del sur.

De hecho, no hay alusión alguna a los precios regulados que proponía España o a un cambio en el sistema de precios marginalistas del pool europeo. Un modelo que, en la exposición de motivos de la propuesta, se considera que ha sido “beneficioso” para el despliegue de renovables, la transición energética y la factura de los consumidores. Expresamente la Comisión lo defiende al señalar que “deben preservarse los mercados a corto plazo y el mecanismo de fijación de precios basado en precios marginales, ya que funcionan bien y proporcionan las señales de precios correctas. Los mercados a corto plazo (diario e intradiario) están bien desarrollados y son el resultado de años de implementación de la legislación energética de la UE”.

Sí apuesta, en cambio, por modificaciones que potencien la liquidez de los mercados, los contratos a plazo y la protección de los usuarios en casos de crisis como la que Europa vive desde hace más de dos años, por los elevados precios del gas y su dependencia de Rusia

Según la propuesta por la que se modifican los reglamentos 943 y 942 de 2019 y las directivas 944 y 2001, de 2019 y 2018, respectivamente, se establecen medidas intervencionistas en caso de crisis. De producirse nuevas escaladas de precios, que deberán ser declaradas formalmente por la Comisión Europea, tanto a nivel regional como de toda la UE, se podrán aplicar precios minoristas de la electricidad por debajo de costes para consumidores domésticos y pymes.

En el caso de las pequeñas y medianas empresas, el precio subvencionado no podrá superar el 80% de su consumo en los cinco últimos años y, en el de los hogares, el 80% del consumo máximo anual de los últimos cinco años. Las comercializadoras a las que se obligue a vender por debajo de coste (tanto reguladas como del mercado libre) serán compensadas por los Gobiernos hasta cubrir dicho coste.

Liquidez por encima de todo

Un bloque relevante de la propuesta se refiere a la necesidad de dar liquidez a los mercados que, como el español, carecen de ella, con el fin de que puedan desarrollar mercados a plazo, que palíen la volatilidad y contengan los precios. Para ello, Bruselas propone la creación de “nodos virtuales regionales” (especie de hub) en mercados con liquidez o con mucha negociación a plazo, como de Alemania.

En dichos nodos los mercados menos líquidos dispondrán de dos instrumentos: la compra directa de energía o la compra de un derecho virtual para cubrir el diferencial de precio, por ejemplo, entre España y Alemania, y cubrirse del riesgo. En este caso, la UE ha pedido a ENTSOE, red europea de gestores de redes de transporte de electricidad (TSO), que haga una propuesta a ACER que sirva de base para que la CE regule dichos nodos que permitirán redistribuir la liquidez.

Para el desarrollo de los contratos a largo plazo (PPA), esencialmente, de renovables, se crea un instrumento para cubrir los riesgos de contraparte en estos contratos. Se trata de un seguro de cobertura para un productor en el caso de que el consumidor industrial que contrate su energía a plazo quiebre. De esta manera, se facilita al generador el acceso al crédito. Este tipo de seguro, con aval del Estado, ya lo ofrece en España Cesce, hasta 200 millones de euros al año. Quedan excluidas las energías fósiles.

La UE ha asumido una de las propuestas del Gobierno español: los contratos por diferencia, aunque solo se plantean para las nuevas inversiones. En España se han aplicado en las últimas subastas de renovables, si bien, estas no son obligatorias (la última quedó desierta). En este caso, se puja por un precio para un plazo determinado. Si el generador no lo consigue en el mercado, se le paga la diferencia, y, si lo supera, deberá devolverlo. La regulación europea encima de la mesa establece que, en este último caso, el dinero se devolverá “por igual” a todos los consumidores (domésticos e industria), en función de su consumo, en euros MWh. El objetivo es que no se desincentive el ahorro en horas punta cuando los precios son más caros.

Sin embargo, Bruselas rechaza la propuesta de España de imponer contratos obligatorios. En este sentido, considera que “los mercados a corto plazo deben complementarse con instrumentos que incentiven las señales de precios a más largo plazo, como las indicadas en consulta por la Comisión, en particular, los acuerdos de compra de energía (PPA), los contratos por diferencia y los mercados a plazo mejorados”. En su opinión, “el mercado de PPA no es transparente y se beneficiaría de la estandarización y una mayor transparencia. Debe establecerse el equilibrio adecuado entre las diferentes herramientas”. No obstante, “no deben existir esquemas obligatorios y debe preservarse la libertad de elección de los contratos correspondientes” subraya.

A la obligación que se impone ahora a las comercializadoras de ofrecer precios dinámico (volátiles) los Estados podrán obligar la oferta de precios fijos. En esos casos,para evitar riesgos, se les exigirá comprar esa energía a un precio fijo por un año, lo que incluye PPA o coberturas. Algo que ya existe en España.

Se crea, por otra parte, la figura de Comercializadora de Último Recurso (CUR) que absorba a los consumidores que se queden sin suministro por quiebra de su comecializadora, durante seis meses. En el caso de España, esta función la realizan (sine die) ya las comercializadoras reguladas o de referencia (COR).

Ahorro en horas punta y eólica marina

Con una amplia exposición de motivos en la que defiende las bondades del mercado único europeo que, “en circunstancias normales”, ha garantizado la seguridad  el suministro, ha apoyado la eficiencia energética y ha contenido los precios, la Comisión  Europea reconoce sus “deficiencias” en un contexto de crisis energética, esencialmente, la alta volatilidad de los recios de los combustibles fósiles.   
Pese a todo, defiende el modelo y considera  crucial “el acceso a un mercado líquido” para “eliminar la fragmentación de los mercados” así como la protección del consumidor doméstico e industrial en caso de crisis. Más allá de las principales medidas, la propuesta de reforma del mercado elaborada por Bruselas, impone un servicio de ahorro energético en horas punta a los operadores de los sistemas (REE, en España), una especie de  servicio de interrumpibilidad para reducir los picos de consumo. Otra cuestión se refiere al derecho al autoconsumo compartido. 
Los Estados se deben fijar objetivos de demanda flexible y almacenamiento. En los llamados mecanismos de capacidad se desarrollarán sistemas para almacenamiento y demanda flexible. Los TSO, por su parte, deben garantizar el acceso de los proyectos de eólica marina a las redes para garantizar estas inversiones. 

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Sobre la firma

Carmen Monforte
Es redactora de Energía de Cinco Días, donde ocupó también los cargos de jefa de Especiales y Empresas. Previamente, trabajó como redactora de temas económicos en la delegación de El Periódico de Cataluña en Madrid, el Grupo Nuevo Lunes y la revista Mercado.

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