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En colaboración conLa Ley
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La lentitud para retirar videos ilícitos lastra la lucha contra la piratería

Las plataformas digitales tardan hasta dos meses en eliminar estos contenidos

Página web del motor de búsquedas 1337X
Página web del motor de búsquedas 1337XM. J.

La publicación no autorizada en plataformas digitales de conciertos y eventos deportivos en directo es cada vez más habitual. Una situación ilegal que afecta a los autores y titulares de derechos que además cuentan con limitadas herramientas efectivas para evitar esta problemática.

Estas plataformas tienen sistemas automáticos para reconocer previamente los contenidos ilícitos, limitándose a la retirada de vídeos que sean manifiestamente infractores. Sin embargo, este tipo de herramientas “en ocasiones, no son del todo efectivas o precisas”, asegura Carlos Rivadulla, manager en tecnología, medios y telecomunicaciones de Ecija.

Una vez publicado el contenido ilícito, las plataformas disponen de herramientas de búsqueda manual de vídeos piratas. Esta exploración, sobre todo al estrenar películas, se hace por productoras cinematográficas o televisiones, en el caso de las series. Sin embargo, como aseguró, Laura Fabelo, abogada de Mediaset, durante la Jornada de la Escuela de Práctica Jurídica sobre emisiones de contenidos no autorizados, “hay muchas plataformas y muchos usuarios y es muy complicado localizar estos contenidos ilegítimos”.

La lucha contra esta piratería tiene como fin proteger la propiedad intelectual, pero también afecta a las televisiones, como prestadores de servicios audiovisuales, por el desvío de audiencias a otros canales reduciendo así sus ingresos por publicidad. De hecho, la responsabilidad de las plataformas de intercambio de vídeos en su papel de guardianes de acceso o gatekeepers siempre ha sido una reclamación de las televisiones, que la Unión Europea ha regulado en diversas directivas y recomendaciones.

Así, la Ley Europea de Servicios Digitales (DSA) exige a los proveedores de servicios de alojamiento de datos la obligación de contar con sistemas que permitan a cualquier persona o entidad informar sobre la presencia de contenido que consideren ilícito. Pero como reconoce Rivadulla es necesario que “estos mecanismos sean accesibles y fáciles de usar, permitiendo a los usuarios enviar notificaciones precisas”.

Sin plazo específico

Por su parte, el Reglamento de Servicios Digitales, en vigor desde el pasado 17 de febrero, establece diferentes obligaciones a aplicar a las entidades que presten servicios desde la UE. Se refuerza la obligación de los proveedores de servicios de alojamiento de datos de eliminar contenidos ilegítimos tras recibir la notificación del titular de derechos. Eso sí, teniendo en cuenta que son los usuarios de las plataformas quienes suben los contenidos, los autores deben estar atentos para denunciar la infracción y dar la información pertinente y necesaria para la eliminación de los vídeos piratas.

El problema es que muchas plataformas tardan “hasta dos meses en retirar contenido”, asegura Rivadulla. El experto considera que la DSA debería “haber exigido un plazo específico de respuesta en los casos de reclamaciones de infracción de derechos para no depender de los procesos y operativas internas de las plataformas”. Asimismo, Fabelo también reclama la necesidad de “una normativa que asegure la inmediatez y eficacia en la respuesta por parte de todos los intermediarios (plataformas y proveedores de acceso a internet) que participan en estas difusiones ilegales de contenido audiovisual”.

Piratería online

La piratería en línea de programas en directo es de tal envergadura que la Comisión Europea publicó unas recomendaciones el 4 de mayo de 2023 para evitar estas prácticas en el deporte, conciertos o espectáculos en directo. Con ellas, Bruselas insta a los gobiernos a utilizar medidas cautelares de bloqueo adaptadas a los acontecimientos en directo.

En España, el reciente real decreto 1138/2023 supone un avance significativo al establecer el registro estatal de prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataformas digitales, una medida que busca incrementar su transparencia y responsabilidad. Según Rivadulla con ello “se facilita la supervisión y se asegura el cumplimiento de las obligaciones legales sobre los derechos de autor y la propiedad intelectual”.

Pérdidas millonarias

Sectores. La música volvió a ser en 2022 la industria más castigada con 2.351 millones de accesos ilegales, seguida de las series (986 millones) o las imágenes (595 millones). Según el Observatorio de la piratería digital elaborado por la Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, el sector audiovisual es el que más sigue sufriendo incrementos, con un 9% en la distribución ilegal de películas y 5% en las series.

Acceso. Los buscadores son el método más utilizado (60% frente al 55% de 2021) para encontrar webs de contenidos gratuitos, destacando especialmente Google, que acapara el 94% de estas búsquedas. El resto de las vías para encontrar páginas de contenidos gratuitos, como son la mensajería o las redes sociales, descendió levemente hasta el 27% (29% en 2021). Siendo las más más empleadas Facebook (45%), Telegram (38%), YouTube (37%), WhatsApp (30%) e Instagram (27%).

Perjuicios. Durante 2022 los usuarios se descargaron 5.268 millones de contenidos ilícitos (solo un 2,5% menos que en 2021, con una caída acumulada desde 2018 del 11%). El daño de esta práctica para las industrias fue de 1.995 millones de euros. También las arcas públicas se vieron afectadas ya que dejaron de percibir 551 millones de euros. Además, sin estas actividades ilícitas se habrían creado 85.358 puestos de trabajo directos e indirectos en un sector que en la actualidad ocupa a más de 103.000 profesionales.

Respuesta. En Italia, el regulador ha creado un escudo antipiratería que bloquea los accesos realizados mediante VPN y DNS abiertos, obligando a bloquear contenidos ilegales a través de un proceso de acreditación y de seguridad dentro de la propia plataforma. En 30 minutos como máximo se puede bloquear el contenido ilícito.

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