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La Abogacía Joven se suma al uso de la cláusula antimorosidad del RIJ para combatir los impagos

Se ha reducido el tiempo en cumplir con las obligaciones dinerarias, con casos de cobro de deudas judiciales en menos de 20 días

GETTY IMAGES

La Confederación Española de la Abogacía Joven (CEAJ) se suma al uso del nuevo servicio de notificación judicial del Registro de Incidencias e Impagados Judiciales y su cláusula antimorosidad RIJ, como una medida eficaz para combatir los impagos. Así lo han manifestado en una sesión formativa online, organizado por la CEAJ, bajo el nombre: El Registro de Incidencias e Impagados Judiciales: la cláusula antimorosidad de la Abogacía Española. Casos de éxito con cobro exprés y análisis jurisprudencial.

El nuevo sistema de notificación judicial del RIJ es una herramienta creada por el Consejo General de la Abogacía Española, junto con Informa, para hacer frente a los desafíos que plantea una modernización de la justicia, poniendo a disposición del sector legal la innovación jurídica y tecnológica del RIJ. Este sistema permite a los letrados hacer el requerimiento de pago previo y la notificación de inclusión en su Sistema de Información Crediticia a través del juzgado, incorporando la cláusula antimorosidad RIJ de la Abogacía Española, bien en la demanda o en un escrito de trámite posterior, sin coste alguno y con la máxima garantía jurídica.

Reyes Rodríguez Zarza,  directora del departamento Jurídico del RIJ, ha dado a conocer su funcionamiento y ha explicado cómo está emergiendo con fuerza en los Juzgados españoles al conseguir reducir considerablemente el tiempo en cumplir con las obligaciones dinerarias, con casos de cobro de deudas judiciales en menos de 20 días frente a los 40 meses de media actuales, según la Memoria del Consejo General del Poder Judicial, e incluso en menos de ocho días en las extrajudiciales. “Esta eficacia no sólo alivia la carga sobre la Administración de Justicia, sino que garantiza una reparación rápida y efectiva para aquellos que han obtenido sentencias favorables”, expone.

Según los informes actuales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), se estima que un promedio del 39% de los procedimientos judiciales se archivan en la actualidad. “Este dato refleja un reto significativo en la administración de justicia, donde casi cuatro de cada diez casos no logran avanzar hacia una resolución efectiva. El RIJ se presenta, por tanto, como una solución para dar respuesta a estos alarmantes datos”, expresa la directora del RIJ. "Conforme a nuestras estimaciones, con las ratios de eficiencia actuales, con la adopción del RIJ, la proyección de cierre de expedientes podría aumentar sustancialmente. Pasaríamos de una media de 2.340.000 expedientes archivados al año a lograr 2.814.000 expedientes cerrados al año”, añade.

Desafíos frente a la lentitud de la justicia

Por último, ha argumentado cómo la cláusula antimorosos del RIJ da respuesta a los desafíos históricos que han afectado la justicia española. “El RIJ aborda de frente la lentitud en los procesos, la falta de cumplimiento de sentencias y la acumulación de expedientes, ofreciendo una herramienta que transforma la forma en que se gestionan las deudas judiciales”, expone Rodríguez Zarza.“Esta solución no solo optimiza la eficiencia judicial, sino que también fortalece el acceso a la justicia y garantiza la tutela judicial efectiva, marcando un hito en la innovación del sistema legal español”, agrega.

Asimismo, la directora del RIJ ha hecho hincapié en que “este cambio significativo no solo representa una reducción considerable de costes asociados al mantenimiento de procedimientos judiciales abiertos, sino que también impulsa la eficiencia en la administración de justicia”. “Al cerrar más expedientes, se optimizan los recursos y se previene el colapso sistémico, mejorando la calidad del servicio que la justicia proporciona a la sociedad”.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

En su exposición, ha hecho un análisis pormenorizado de las últimas sentencias del Tribunal Supremo sobre el tratamiento de datos en los ficheros de morosos. Según ha explicado, “esta reciente jurisprudencia supone un aval claro al servicio de notificación judicial, lo que convierte al fichero de morosidad de la Abogacía Española en uno de los más garantistas del país en la reclamación y notificación de deudas”.

“Esta cláusula cuenta, por tanto, con el respaldo de su reciente doctrina. Al incluir esta disposición legal, se busca proporcionar seguridad jurídica a los abogados y acreedores y a los deudores, siendo una herramienta que promueve la transparencia en el proceso judicial y acelera el cumplimiento de las obligaciones judiciales”, ha detallado. Asimismo, ha destacado como “al realizarse por vía judicial se evitan los riesgos de sanción e indemnizaciones por vulnerar el derecho al honor del afectado”.

La ponente ha hecho también hincapié en “el valor diferencial del RIJ frente a los tradicionales ficheros de morosos, permitiendo que particulares, pymes y empresas españolas puedan ya reclamar, publicar y, consultar sin coste, deudas en su base de datos, a través de sus abogados o departamentos jurídicos, lo que acelera exponencialmente su cobro y previene la morosidad, al ser ya visibles”.

Reyes Rodríguez ha advertido que “el RIJ es una solución legalmente sólida y alineada con las mejores prácticas en la gestión de riesgos crediticios y la salvaguarda del sistema financiero, garantizando al mismo tiempo la protección de datos y el cumplimiento de las normativas europeas de privacidad. Numerosas resoluciones judiciales ya han avalado la legalidad del RIJ en España”, concluye.

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