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En colaboración conLa Ley

Los notarios podrán constituir empresas online desde el próximo mes de noviembre

Las sociedades limitadas se inscribirán por el registrador mercantil en seis horas

GETTY IMAGES

Desde noviembre, los ciudadanos y, sobre todo, las empresas tendrán la opción de realizar telemáticamente numerosos actos jurídicos y contratos ante el notario que elijan sin necesidad de desplazarse.

La aprobación en mayo de una ley de transposición de directivas de la UE, que incluye la digitalización de actuaciones notariales, permitirá que tras su entrada en vigor (el nueve de noviembre) estos fedatarios públicos puedan llegar a autorizar y firmar por vía online más de 3.200.000 documentos al año, aseguran desde el Consejo General del Notariado (CGN).

Por primera vez en la historia, los fedatarios podrán autorizar actos jurídicos telemáticamente y se permitirá la circulación electrónica de documentos públicos tanto en el ámbito europeo como en el iberoamericano.

La autorización y firma de estos documentos se llevará a cabo en la sede electrónica notarial mediante el uso de videoconferencia y firma electrónica cualificada. De esta forma, para realizar ciertos trámites ya no será necesario acudir a una de las casi 3.000 notarías repartidas por todo el territorio.

Tráfico mercantil

La reforma normativa impulsará el otorgamiento telemático de casi todas las escrituras de contenido mercantil y de las pólizas o contratos comerciales y financieros que expiden ciertas entidades en el tráfico habitual con sus clientes.

En cuanto a la autorización de actos jurídicos por vía íntegramente online, María Teresa Barea, portavoz del Notariado, estima que la aplicación de la norma “será plena entre finales de este año y principios del siguiente”. No obstante, desde noviembre, la videoconferencia será muy habitual en la firma telemática ante notario para contratos de crédito o préstamos que los bancos conceden a sus clientes, leasing y financiación de vehículos, avales, descuento, etcétera.

Sociedades

Entre los nuevos actos y negocios jurídicos a tramitar online cabe destacar la constitución de sociedades, el nombramiento de cargos, ceses, apoderamientos mercantiles, ampliaciones y reducciones de capital, modificaciones de estatutos, cambios de domicilio y liquidaciones.

De esta forma se permitirá la constitución de una sociedad íntegramente online, sin necesidad de la comparecencia física de los interesados gracias a la videoconferencia.

La nueva normativa también permitirá crear sociedades limitadas ante un notario de forma telemática de acuerdo con la Directiva 2019/1151 que exige que un ciudadano de la Unión Europea pueda constituir una empresa en otro país miembro sin la necesidad de presencia física de los administradores.

En la constitución telemática de sociedades limitadas no estarán permitidas las aportaciones no dinerarias, que se deberán realizar mediante un instrumento de pago electrónico. Además, se habilitarán unas escrituras y estatutos tipo para su constitución que permitirán que el plazo para su calificación e inscripción por el registrador mercantil sea únicamente de seis horas, una de las principales novedades de esta reforma.

Poderes

También podrán tramitarse telemáticamente la legitimación de firmas o los poderes de representación procesal para la actuación ante las Administraciones Públicas, así como los electorales y los poderes para actos concretos. Incluso se podrá hacer testamento en caso de epidemia mientras dure la obligación de un posible confinamiento. Todos estos actos y documentos notariales podrán realizarse a través de videoconferencia, pero estos casos tasados podrán ampliarse reglamentariamente

Hasta ahora los notarios solo podían realizar un número limitado de trámites online. Desde noviembre, también podrán entregar copias electrónicas autorizadas de las escrituras y documentos notariales a los ciudadanos y empresas, lo que supondrá un importante ahorro de papel y desplazamientos.

Todos los servicios digitales que se presten tendrán lugar en sede electrónica y su única “puerta de entrada para ciudadanos y empresas es el Portal Notarial del Ciudadano, cuya titularidad, desarrollo, gestión y administración pertenecen al CGN”, asegura Barea. Se estima que sólo en copias electrónicas se podrían superar los 17 millones al año.

Servicios gratis

 

Registro Mercantil. Entre las principales novedades legislativas está la gratuidad de ciertos servicios que hasta ahora eran de pago en el Registro Mercantil. En materia de publicidad mercantil, la gratuidad se aplicará para determinada información societaria del Código de Comercio y a través del Sistema de Interconexión Europeo de Registros Mercantiles (BRIS). Por ejemplo, los datos identificativos de la sociedad, datos registrales, su web, estado y objeto de la empresa, así como sus órganos de representación y sucursales.

Calendario. Las novedades sobre los Registros de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles entrarán vigor en mayo de 2024. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública del Ministerio de Justicia ya ha dictado varias resoluciones a lo largo de julio en la que se aprueba su calendario de implantación. Francisco Javier González del Valle, director del Servicio de Coordinación de Registros Mercantiles, asegura que ya están preparados.

Digitalización. El ciudadano podrá efectuar la presentación en los registros de forma presencial o telemática y se permitirá que los títulos se aporten en soporte papel o electrónico. La ley establece que todos los documentos registrales deben contar con la firma digital cualificada de los registradores. “Hay una decidida apuesta por las nuevas tecnologías en la gestión registral dejando a salvo los principios hipotecarios tradicionales”, asegura González del Valle (director de coordinación de los registros).

 

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