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España armoniza la fiscalidad en vertederos para frenar el ‘dumping’ de residuos entre regiones

En enero entra en vigor una tasa estatal al depósito e incineración En 2022 solo nueve autonomías gravan estas actividades

Residuos fiscalidad
Pablo Sempere

Una empresa que opera en Valladolid tiene que deshacerse de varias toneladas de desperdicios. Sin embargo, en vez de ir a un vertedero o incineradora de la zona, decide recorrer kilómetros de más hasta una instalación de Madrid. Esta práctica, conocida como turismo de residuos, se origina por motivos tributarios. Y en España tiene los días contados.

Todo surge por las diferencias regionales. Mientras que hay nueve comunidades que actualmente exigen algún tipo de canon o impuesto sobre el depósito en vertederos o sobre la incineración, otras se niegan a gravar estas prácticas, provocando fuertes distorsiones. Esta suerte de dumping fiscal se reducirá drásticamente a partir del próximo 1 de enero, cuando entre en vigor la nueva ley de residuos y suelos contaminados que impondrá un sistema fiscal común para la eliminación de los desperdicios.

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El nuevo impuesto, explica Alberto García Valera, socio responsable del área de Tax Policy en EY, contará con tres hechos imponibles en todo el territorio: la entrega de residuos para su eliminación en vertederos autorizados, el depósito para la supresión o valorización energética en incineradoras y la entrega para eliminar o valorizar los desechos en instalaciones de coincineración. La base imponible, añade Ignasi Puig, responsable del Observatorio de la Fiscalidad de Residuos, estará constituida por el peso, expresado en toneladas métricas. “Se contemplan 19 tipos impositivos, en función de diferentes casuísticas”.

La nueva tasa estatal sustituirá a las ya existentes y se aplicará en todo el territorio nacional, incluyendo a las dos regiones forales, que adaptarán el impuesto a sus regímenes propios. Todas las autonomías podrán tener las competencias en materia de gestión y capacidad normativa, recibiendo además la recaudación correspondiente. “No podrán eliminar el hecho imponible, pero sí subir algunos tipos si así lo consideran”, añade García Valera.

Según el Panorama de la Fiscalidad Autonómica y Foral de 2022 que realiza el REAF del Consejo General de Economistas, a día de hoy hay nueve regiones con algún tipo de canon o impuesto. Son Andalucía, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana. Según explican Lourdes Martínez, asociada principal de Cuatrecasas, y Marta Álvarez Senra, socia del Área de Derecho financiero y tributario del despacho, estas tasas presentan “importantes diferencias” entre sí, “tanto respecto del tipo impositivo como de los tipos de residuos que son gravados”.

Sin embargo, las mayores divergencias se producen con las regiones libres de impuestos. Así, prosiguen, el turismo de residuos provoca que los desperdicios “tiendan a ser trasladados y tratados en aquellas autonomías donde no se han adoptado este tipo de medidas fiscales o en las que el tipo impositivo es menor”. Esto, en definitiva, “fomenta el depósito en vertederos y la incineración de los residuos, en detrimento de su reutilización y reciclado”.

A modo de ejemplo, ilustran los expertos, mientras que en algunas regiones depositar una tonelada de residuos supone pagar más de 80 euros, en otras la factura oscila entre 0 y 20 euros.

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Además de frenar el dumping entre regiones, apunta Puig, el objetivo de la ley es encarecer las prácticas más nocivas para el medioambiente. La idea es gravar más los procedimientos más dañinos para ir abriendo la mano en los menos nocivos. Así, se penalizará más “la eliminación o vertido sin recuperación energética, luego la eliminación con generación de energía y, por último, el reciclaje”.

El propósito, añade Puig, es que gestionar mal los residuos salga más caro y que las empresas y municipios no puedan escoger zonas libres de tributación. Se trata, aclaran las abogadas de Cuatrecasas, de “influir en los responsables de la gestión de los residuos para que disminuyan el uso de tratamientos como su vertido, incineración o coincineración frente a otros más respetuosos con el medioambiente, como es su reciclado y reutilización”.

El impuesto

El nuevo impuesto gravará la entrega de residuos en vertederos e incineradoras para su eliminación y su valorización energética. A la base imponible, constituida por el peso de los desechos expresado en toneladas métricas, se le aplicarán diferentes tipos para obtener la cuota íntegra o factura. Por ejemplo, en el caso de residuos depositados en vertederos no peligrosos, se aplicará una tasa de 40 euros por tonelada de desperdicio municipal. En instalaciones de incineración se aplicarán tipos que oscilen entre los 5 y los 20 euros en función del tipo de valorización. “Hay hasta 19 tipos en función de la naturaleza del residuo, del tratamiento previo, del tipo de instalación...”, resume Puig.

El devengo se producirá en el momento de depósito, incineración o coincineración de los residuos. ¿Quién va a ingresar el impuesto? “En el caso de depósitos en vertederos, lo hará el titular de la instalación, que pesará los residuos cuando lleguen, verá su tipología y los gravará para repercutirlos a quien los haya entregado”, añade García Valera.

El impuesto, en paralelo, contempla una serie de exenciones como las entregas ordenadas por autoridades públicas en situaciones de catástrofe, los decomisos de bienes a destruir o los residuos para los que exista obligación legal de eliminación.

Pasos adicionales

Llegados a este punto, las expertas de Cuatrecasas dudan de que se acabe de forma definitiva con el turismo de residuos. Como las regiones podrán incrementar los tipos impositivos a partir de un mínimo, “es muy probable que sigan existiendo diferencias entre comunidades”, lo que permitirá a los generadores elegir en qué territorio tributar. Eso sí, sin librarse de pagar.

El experto de EY también cree que la nueva figura puede llevar a un incremento de las tasas de basuras municipales, ya que los consistorios, que verán incrementados sus procesos, tendrán que adaptarse a los nuevos costes. “La ley da tres años a los ayuntamientos para que actualicen las tasas municipales de basura con criterios de economía circular”. El objetivo es optar por fórmulas más selectivas que incrementen el coste a quienes más desechos depositen o a quienes menos reciclen.

Sobre la firma

Pablo Sempere
Es redactor en la sección de Economía de CINCO DÍAS y EL PAÍS y está especializado en Hacienda. Escribe habitualmente de fiscalidad, finanzas públicas y financiación autonómica. Es graduado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid.

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