La CNMC, a favor de que empresas no telecos tengan sus propias redes 5G
Reclama un cambio en los límites de espectro en la banda de 26 GHz
En un comunicado, la autoridad reguladora señala que la posibilidad de que entidades distintas a los operadores de comunicaciones electrónicas puedan acceder directamente a espectro en la banda de 26 GHz, permitiría que estas entidades tengan la capacidad de desarrollar de manera conjunta con fabricantes u otros integradores nuevas soluciones y servicios independientes de los operadores de comunicaciones y que podrían adaptarse mejor a las necesidades concretas de cada sector. “Ello podría ser un elemento dinamizador del mercado, ya que añadirá nuevos actores con capacidad de desplegar sus propias redes”, indica.
Esta modificación del CNAF planteada en el proyecto de Orden se refiere a la banda de 26 GHz, una de las bandas de frecuencias armonizadas en la Unión Europea para desplegar redes con tecnología 5G. Supondrá, entre otros aspectos, la fijación de un límite en la cantidad de frecuencias a utilizar por un mismo operador o grupo empresarial en la banda de 26 GHz y una reserva de espectro para redes de ámbito local en régimen de autoprestación (redes privadas, es decir explotadas no por operadores sino por entidades que establecen una red para sus necesidades internas con tecnología 5G) en esta misma banda.
Esta reserva de espectro permitiría a las empresas no operadoras de comunicaciones electrónicas (conocidas como verticals) desplegar sus propias redes 5G de ámbito local para dar respuestas a sus necesidades de conectividad (por ejemplo, en la industria 4.0).
Limitación
En cuanto a los límites de espectro por operador, estos tienen la función de evitar comportamientos especulativos o el acaparamiento de derechos de uso del dominio público radioeléctrico y, por tanto, garantizan que exista un número mínimo de operadores con recursos públicos radioeléctricos para desplegar sus propias redes. El límite se ha fijado en un máximo de 1 GHz, en cualquier ámbito territorial.
La CNMC no comparte el valor propuesto, ya que el mismo únicamente garantizaría la disponibilidad de espectro en la banda de 26 GHz para tres operadores móviles, contrariamente a lo que sucede con el resto de las bandas de frecuencias por encima del 1 GHz, que permiten disponibilidad de espectro para un mínimo de 4 operadores.
Por ello, considera que el volumen máximo de espectro por operador en la banda de 26 GHz que resulta adecuado para promover una mayor competencia en el mercado de los servicios de comunicaciones electrónicas y evitar acaparamiento de derechos de uso de dominio público radioeléctrico debería ser de 800 MHz.
Este valor permitiría que los operadores puedan acceder al volumen de espectro necesario para desplegar sus servicios 5G, a la vez que garantiza que un mínimo de cuatro operadores pueda disponer de recursos en esta banda.