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Se actualizan las ayudas del kit digital

Se añaden categorías de presencia avanzada en internet y marketplace en la convocatoria

Red.es, la entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ha actualizado la orden de las bases que regulan las ayudas del programa kit digital para la digitalización de pymes, microempresas y autónomos.

Con esta modificación, las empresas dispondrán de un catálogo con 12 categorías que aportan soluciones de digitalización. Entre ellas se encuentran la creación de un sitio web y el obtener presencia básica en internet, el comercio electrónico, la gestión de las redes sociales, la de los clientes o el uso del business intelligence y analítica, gestión de procesos, entre otros. A estas categorías, que ya estaban en la propuesta inicial se le suman categorías de presencia avanzada en internet y marketplace.

Asimismo, a partir de ahora, se incluye en la categoría de sitio web y de presencia básica en Internet el alta del dominio para el beneficiario durante un plazo máximo de un año. Así, el beneficiario será el titular del dominio siempre y cuando no disponga ya de uno. Dentro de esta opción se incluye, además, la función multilingüe.

Plazo de tres meses

Por otro lado, se recuerda que los bonos pueden financiar la sustitución de soluciones de digitalización que ya tenga la empresa, pero solo cuando esto implique una mejora. Por ejemplo, se podrán incorporar soluciones totalmente nuevas que cumplan con los requisitos cuando la solución que se reemplace no cumpla con alguno de los requisitos mínimos exigidos en la solución de digitalización a la que pertenezca.

Entre las novedades también figura la subvención del hardware cuando sea imprescindible para prestar la solución contratada. Así, se podrán cambiar dispositivos que incluyan la modalidad de pago por uso como una parte de la solución de digitalización. Estos tampoco podrán ser empleados para otros fines distintos a los que han sido contratados. ´

Con la actualización de las ayudas del kit digital, los agentes digitalizadores dispondrán de un máximo de tres meses para realizar la instalación y desarrollo de la solución y emitir la factura correspondiente. Este plazo se inicia desde que se valida el Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización.

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