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Vodafone gana en el Supremo una sentencia del IAE y abre la vía a todos los operadores

El alto tribunal anula una liquidación de 29,8 millones a la teleco por el IAE de 2013

Colman Deegan, CEO de Vodafone España.
Colman Deegan, CEO de Vodafone España.
Santiago Millán Alonso

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Constitucional ha anulado la liquidación de 29,8 millones de euros exigida por Hacienda a Vodafone por la cuota nacional del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) del ejercicio 2013, que grava a los operadores de telefonía móvil, por ser contrario a las directivas europeas.

Así, ha estimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Vodafone España contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central que confirmó dicha liquidación y declara la improcedencia de exigir tributación a la recurrente, junto con la devolución de los importes ingresados y sus intereses.

En su sentencia fija como doctrina que el artículo 13 de la Directiva autorización “se opone al IAE, en tanto posee la consideración de canon en los términos establecidos en el expresado precepto, y en cuanto grava a los operadores de telefonía móvil. Debe, pues, desplazarse la normativa nacional por oponerse a la europea”.

Según fuentes del mercado, la sentencia impacta a todos los operadores de telefonía móvil, dada la obligación de haber abonado el IAE.

El tribunal explica que para todas las empresas del sector de las telecomunicaciones que prestan el servicio de telefonía móvil y otros, el IAE es un tributo específico, de finalidad censal, aplicable a las mismas, obligadas a su pago, cuyo hecho imponible se realiza por el mero ejercicio, en este caso, de la actividad de prestación del servicio de telefonía móvil. Señala que la exacción de las cuotas es nacional, y se realiza por la Delegación Provincial de la AEAT y se distribuye a los municipios.

La sala considera que esta nueva tarifa para las empresas de la telefonía móvil, “tuvo una finalidad claramente compensatoria, que lejos de atender a los objetivos y fines antes enunciados, estuvo dirigida a procurar una mayor y mejor recaudación a las Haciendas locales”.

Así, señala que su fin “es estrictamente recaudatorio, resultando ajeno a los objetivos y optimización del sector y su recaudación “se destina a cubrir las necesidades de la Administración Local, siendo evidente que le resulta extraño al IAE el garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior de las redes y servicios de telecomunicaciones”.

Sobre la firma

Santiago Millán Alonso
Es periodista de la sección de Empresas, especializado en Telecomunicaciones y Tecnología. Ha trabajado, a lo largo de su carrera, en medios de comunicación como El Economista, El Boletín y Cinco Días.

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