Protección de Datos multa a Google con 10 millones de euros por vulnerar el derecho al olvido
También impone una multa a Vodafone España de 3,9 millones de euros
Google decía que lo hacía por garantizar la privacidad de los ciudadanos pero le salió el tiro por la culata. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) la acaba de sancionar con una multa récord de 10 millones de euros por ceder datos a terceros y por un formulario confuso que la tecnológica ponía a disposición de los usuarios para, precisamente, proteger su derecho al olvido.
Según la resolución de la AEPD publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), Google cometió infracciones "muy graves" contra los artículos 6 y 17 del Reglamento de Protección de Datos (RGPD) porque cedía a terceros la información obtenida sin tener consentimiento expreso para ello y porque obstaculizaba el derecho de los ciudadanos al olvido con formularios que llevaban a error.
Es la multa de mayor cuantía impuesta por la AEPD. El récord lo ostentaba hasta ahora Vodafone, que en otra ocasión fue sancionada con 8 millones de euros por violar el RGPD. Vodafone también aparece en la resolución de este miércoles, con una nueva sanción de 3,9 millones de euros por vulnerar los artículos 5.1 y 5.2 sobre las garantías para la confidencialidad e integridad de los datos personales.
La AEPD ha entendido que el formulario de Google era confuso y obstaculizaba el derecho al olvido. Una de las casillas a marcar separaba las peticiones que los ciudadanos hacían por este motivo de las realizadas por propietarias de derechos de la propiedad intelectual que solicitaban la supresión de contenidos por violación de copyright.
Muchos ciudadanos terminaban marcando por error la casilla referida a la propiedad intelectual. Una de las consecuencias fue que Google mandaba la información obtenida en el formulario, con datos identificativos, a la base de datos Lumen desarrollada en Estados Unidos por la Universidad de Harvard para tener un registro de las violaciones de copyright.
"Ya hemos empezado a reevaluar y rediseñar nuestras prácticas de intercambio de datos con Lumen a la luz de las consideraciones de la AEPD", dijeron desde Google cuando se conoció la resolución.
El procedimiento comenzó con tres reclamaciones anónimas presentadas ante la AEPD en septiembre y octubre de 2018 por el envío de datos personales a la base de datos Lumen. La sanción resultante se desglosa en una multa de 5 millones de euros por enviar los datos personales incumpliendo con la protección prevista en el artículo 6 del RGPD; y otra multa, también de 5 millones de euros, por incumplir el artículo 17 del mismo reglamento con un formulario que, debido a su complejidad, obstaculizaba el ejercicio del derecho al olvido.
El número e importe de las multas impuestas por la AEPD vienen en crecimiento desde que en mayo de 2018 entró en vigor el RGPD, pasando de un aproximado de 8 millones de euros en 2020 hasta 35 millones en 2021. BBVA, Vodafone, EDP Energía y EDP Comercializadora fueron las castigadas el año pasado con más de un millón de euros, una circunstancia que obliga a la publicación de la sanción en el BOE cuando el infractor es una persona jurídica.
Según Miguel Ángel Abellán, de la consultora especializada en protección de datos Audidat, el incremento en las multas está directamente relacionado con el mayor conocimiento que hay entre la ciudadanía del derecho a la protección de datos. "Cuanto más saben, más denuncian a las empresas que creen que pueden haber vulnerado sus derechos", dijo.
El RGPD es el reglamento europeo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de los mismos. El derecho al olvido es definido por la AEPD como “el derecho que cualquier persona tiene para solicitar la supresión de sus datos personales en los buscadores de internet”.