El Tribunal General avala multas por más de 700 millones a aerolíneas por un cartel 20 años atrás
British Airways, Air France, KLM, SAS, Cargolux, Singapore, Cathay, Japan y Air Canada, entre las afectadas por pactar precios en servicios de carga
El Tribunal General de la UE ha desestimado una batería de recursos, presentados por algunas de las mayores aerolíneas presentes en el negocio de la carga en Europa, contra la sanción histórica por 790 millones impuesta en noviembre de 2010 por la Comisión Europea. Entre las empresas afectadas no hay ninguna española, si bien figura British Airways, del grupo IAG.
Air France (183 millones de multa), British Airways (104 millones), KLM (127 millones), Cargolux (80 millones), Singapore Airlines (74 millones), SAS (70 millones), Cathay Pacific (57 millones), Japan Airlines (35,7 millones), Air Canada (21), Martinair (15,4) y Lan Chile (8,2), fueron multadas por prácticas colusorias sobre los precios.
El mismo Tribunal General llegó a anular las sanciones originales en diciembre de 2015 por motivos de procedimiento (contradicciones internas que podían menoscabar el derecho de defensa de las sociedades), pero la CE insistió en sacar adelante este expediente. Las penas se restablecieron en marzo de 2017 y ahora son ratificadas, en sus grandes líneas, por la justicia europea. La cuantía de las sanciones baja al entorno de los 715 millones.
Quedaron exentas Lufthansa y su compañera de grupo Swiss en virtud del programa de clemencia
Quedaron exentas Lufthansa y su compañera de grupo Swiss en virtud del programa de clemencia, al denunciar el cártel y ofrecer información. Otras empresas vieron minoradas sus sanciones al prestar colaboración.
Sector clave
La aviación contaba con una cuota del 20% en el transporte de importaciones de la UE y del 30% en las exportaciones en el momento de la sanción, un protagonismo que pesó en la persecución de un cartel, cuyo objetivo era fijar precios. Las prácticas contra la competencia se llevaron a cabo entre diciembre de 1999 y febrero de 2006, afectando al transporte de mercancías en el Espacio Económico Europeo o con destino u origen en él.
Competencia constató contactos entre compañías con el objetico de acordar los recargos por combustible y seguridad. Además, se negaban a ofrecer comisiones a los transitarios sobre los citados recargos.
Las prácticas contra la competencia se llevaron a cabo entre diciembre de 1999 y febrero de 2006
La pena económica fue la máxima que permitían las reglas de la UE, un 10% del volumen total de negocios en 2009, año precedente a la sanción originaria. La CE consideró que las aerolíneas habían infringido disposiciones del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) y del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo (CE-Suiza).
El Tribunal General ha desestimado ahora los recursos de Martinair Holland, KLM, Cargolux, Air France-KLM, Air France, Lufthansa, Singapore Airlines y Singapore Airlines Cargo, manteniendo las multas impuestas por la CE.
Sin embargo, anula parcialmente la decisión de Bruselas respecto a Japan Airlines, Air Canada, British Airways, Cathay Pacific Airways, SAS Cargo Group, Latam Airlines Group y Lan Cargo. En estos casos las sanciones se han visto en su mayoría reducidas. En el caso de British Airways, buque insignia de IAG, se baja de 104 millones a 84 millones.