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Contaminación

La Audiencia Nacional pone en la picota a Ence tras rechazar su ubicación en Pontevedra

La sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado los recurso que Greenpeace y el Ayuntamiento de Pontevedra presentaron contra las resoluciones de la Administración central por las que se acordó, por un periodo de 60 años, la prorroga a la concesión de Ence.

En concreto, la prórroga, otorgada por el Gobierno del popular Mariano Rajoy, era para la ocupación de una superficie de 373.524 metros cuadrados de dominio público marítimo terrestre con destino a esta fábrica de pasta de celulosa Kraft en la franja entre Pontevedra y Marín, en los terrenos de Lourizán.

En la sentencia, con fecha de 15 de julio, la sala considera que la resolución de 20 de enero de 2016 de la directora general de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, por delegación de la ministra, no justifica, como exige la Ley de Costas, que la papelera, por su naturaleza, no pueda tener otra ubicación.

Antes de pronunciarse sobre el fondo, la Audiencia da validez al allanamiento de la Abogacía del Estado formalizado en el año 2019.

En cuanto al fondo del asunto, el tribunal explica que en virtud del artículo 32.1 de la Ley de Costas se debe justificar que las instalaciones cuya prorroga se acuerda por su naturaleza no pueden tener otra ubicación.

En el caso concreto, la Audiencia indica que de acuerdo con la prueba pericial practicada se desprende que el agua dulce, en un determinado volumen, es un recurso necesario e imprescindible para el proceso productivo de las plantas de pasta de papel Kraft con blanqueo, como la de Ence Pontevedra, así como la proximidad a recursos hídricos (agua salada o dulce) para la evacuación del vertido, "pero no que dichas plantas por su naturaleza o configuración, tengan que ubicarse en el dominio público marítimo terrestre, que es lo que exige el artículo 32.1 de la Ley de Costas".

Por tanto, añade, pueden situarse en las proximidades, pero fuera de dicho demanio costero, en las proximidades de los ríos o de grandes masas de agua.

La sala cita otros casos como las fábricas de celulosa BHK, como las Torraspapel S.A en Zaragoza y Papelera Guipuzcoana de Zicuñaga S.A., que se sitúan junto a ríos en los que evacuan el efluente, y también con la fábrica de Ence en Navia, que según los peritos es equiparable con la de Pontevedra, que se sitúa próxima, pero fuera del demanio costero, como se ha acreditado en este procedimiento.

Para el tribunal resulta significativo que Ence "no ha podido aportar documentación o concesión que acredite su ubicación sobre el dominio costero, sino solamente la resolución de 21 de marzo de 2013 de otorgamiento de concesión para ocupación del demanio en la margen derecha de la ría de Navia, con destino a vivero de plantas (excluyendo la plantación de Eucaliptos Nitens), no para ocupación de las instalaciones de la fábrica".

La sentencia recuerda que "la actuación administrativa sobre el dominio público marítimo terrestre debe perseguir, ex artículo 2 de la Ley de Costas, entre otros fines el de asegurar su integridad y debida conservación, adoptando, en su caso, las medidas de protección y restauración necesarias, así como las de garantizar el uso público del mar, de su ribera y del resto del dominio público, sin más excepciones que las derivadas de razones de interés público debidamente justificadas, que en el caso de autos, la Orden impugnada ni ha esgrimido ni justificado".

Por su parte, la empresa, a través de un hecho relevante, ha asegurado que recurrirá ante el Tribunal Supremo, en defensa de la legalidad de la prórroga de la concesión de su biofábrica de Pontevedra.

La compañía explica que "desde el respeto absoluto a las decisiones de la justicia, Ence quiere poner de manifiesto su desacuerdo con esta decisión del tribunal, tal y como demuestran estudios independientes como los de la ingeniería Idom. Por ello, agotará todas las vías jurídicas posibles en defensa de sus intereses".

La compañía reitera la validez de la prórroga de esta concesión, de la que dependen más de 5.100 familias en Galicia de forma directa e indirecta. La concesión de la biofábrica de Pontevedra fue prorrogada acorde a derecho en enero de 2016 mediante una resolución del entonces Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por un plazo de 50 años, más otros 10 adicionales vinculados a un compromiso de inversión en mejoras ambientales y operativas de 71 millones de euros.

Esta ampliación fue realizada en cumplimiento estricto de la legalidad, en aplicación de la Ley 2/2013 de Costas y el Reglamento General de Costas de 2014.

Además, Ence se comprometió a desarrollar un programa de inversiones en Galicia por otros 47 millones de euros, y a implementar un plan social en Pontevedra de 3 millones al año durante los 60 años de concesión.

En el mencionado hecho relevante la empresa asegura que la sentencia "supone un duro golpe para el empleo y la economía de toda Galicia. Ence es una de las principales industrias de la comunidad autónoma. La biofábrica de Pontevedra dispone de una plantilla fija de 400 empleados a los que se unen 2.700 puestos de trabajo de contratistas del área industrial, logística y del transporte. Adicionalmente, otros 2.100 empleos del sector forestal de Galicia dependen directamente de la actividad de Ence-Pontevedra. En total, más de 5.100 empleos, a los que se suman las cerca de 200.000 familias productoras forestales del Norte de España, que también se verían afectadas por el cese de la actividad de esta planta y la consiguiente caída de la demanda".

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