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Un informe del Banco de España alerta del riesgo de impago en los ICO

Un informe de Estabilidad Financiera señala que las empresas con mayor riesgo presentan un coste medio de la deuda más elevado y menor productividad en las ventas.

Las empresas que piden préstamos ICO tienen un riesgo elevado de no devolverlo. Así se pone de manifiesto en el Informe de Estabilidad Financiera del Banco de España. Según éste, las empresas beneficiarias del programa de avales presentan un perfil de riesgo más elevado que aquellas que no han recibido avales.

El informe sugiere que las empresas que se han beneficiado del programa de avales tienen una menor ratio de fondos propios sobre activos. Además, presentan un coste medio de la deuda más elevado y una menor productividad de las ventas. Por otro lado, los plazos relativos a la deuda bancaria eran más cortos.

El perfil de las empresas con préstamos ICO es de compañías jóvenes y pequeñas. Destacan, a su vez, por tener mayores ratios de rentabilidad y de liquidez y por un riesgo más elevado de no devolver los préstamos.

Dicha conclusión se extrae tras realizar un análisis econométrico multivariante que controla las características de estas compañías y el banco que las ha financiado.

Ampliación de los avales

A lo largo del año 2020 han sido varios los reales decretos que han aprobado líneas de avales por cuenta del Estado para ayudar a empresas y autónomos. El primero de ellos se aprobó en el mes de marzo y con él se concedían hasta 100.000 millones de euros. A través de esta línea se buscaba ayudar a las empresas a acceder a la financiación necesaria para atender las necesidades de liquidez generadas por la crisis de la Covid-19.

Tras esa primera línea de avales se aprobó una más. Una segunda buscaba cubrir las necesidades de financiación vinculadas a la inversión. En este caso, el importe máximo que se concedía era de 40.000 millones de euros.

Meses después se decidió aprobar un nuevo real decreto que ampliará el plazo de solicitud de los avales hasta junio de 2021. Así, la empresa afectada podría solicitar ampliar el vencimiento de las operaciones avaladas hasta ocho años. Anteriormente los avales vencían a los cinco años. Además, el periodo de carencia se amplió un año más, pasando de los 12 meses iniciales a los 24 meses.

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