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Banca

El abogado general del TUE pide invalidar las directrices de la EBA sobre vigilancia de productos de la banca

Considera que este organismo se excedió en sus competencias

José Manuel Campa, presidente de la EBA
José Manuel Campa, presidente de la EBA

El Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) Michal Bobek ha propuesto este jueves declarar inválidas las directrices sobre procedimientos de gobernanza y vigilancia de productos de banca minorista de la Autoridad Bancaria Europea (EBA, por sus siglas en inglés) al entender que este organismo excedió sus competencias.

La cuestión fue elevada a la Justicia europea por el Consejo de Estado francés, que recibió una denuncia de la Federación Bancaria Francesa (FBF) sobre su validez. Antes, la Autoridad de Control Prudencial y de Resolución del país había anunciado que dichas orientaciones eran aplicables a todas las entidades de crédito, de pago y de moneda electrónica bajo su supervisión.

En sus conclusiones, que orientan pero no son vinculantes de cara a la futura sentencia del TUE, el Abogado General señala, en primer lugar, que procede aceptar una cuestión prejudicial sobre la validez de un acto no legislativo de una agencia comunitaria. También propone declarar que una federación profesional está facultada para interponer recursos contra unas directrices que afectan a sus miembros.

Posteriormente, el Abogado General entra en el fondo de la cuestión y sugiere a los jueces que declaren inválidas las directrices sobre gobernanza y vigilancia de productos de la banca minorista puesto que la EBA "actuó fuera de los poderes que le otorga" el reglamento que limita su ámbito de actuación.

En particular, argumenta que queda "bastante claro" que las directrices van más allá de lo que permite esta normativa al comparar el ámbito de actuación de la EBA con el "contenido real de las orientaciones".

A esto añade que, en relación a las directivas que cita el documento de directrices, existe un "desajuste claro" entre las disposiciones que recogen las primeras y las que abordan las segundas, puesto que unas versan sobre la gobernanza sobre productos y las siguientes sobre gobernanza corporativa.

Por otro lado, el Abogado General considera que el hecho de que este tipo de documentos de orientaciones no generan "efectos legales vinculantes" debería significar que la revisión de su validez sea "más laxa".

Por eso, concluye que es "esencial" que los actos adoptados por agencias de la UE estén sujetas a revisión judicial "al menos en lo respectivo a sus competencias", de forma que dichos organismos "no interfieran indebidamente en las competencias de otras instituciones comunitarias".

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