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La mascarilla será obligatoria en espacios públicos independientemente de la distancia

El BOE publica la ley de 'nueva normalidad', que fija obligatoriedad de mascarillas con distancia de seguridad

CINCO DÍAS

El Boletín Oficial del Estado publica este martes una nueva ley demedidas urgentes de prevención y contención del Covid-19 que impone eluso de mascarillas en cualquier espacio público, independientemente de la distancia interpersonal que pueda existir. Así será obligatorio llevarla, entre otros lugares, en las playas, en la piscinas o en el campo.

Hasta ahora la normativa estatal obligaba el uso de mascarilla al aire libre sólo cuando la distancia entre personas era inferior a un metro y medio, aunque existían diversas regulaciones autonómicas que modificaban esta normativa dependiendo de circunstancias.

A partir de mañana la mascarilla en los espacios al aire libre será obligatoria por ley en toda España: no habrá excepciones por comunidades autónomas.

Entre las medidas contempladas en el texto, que entrará mañana envigor y se mantendrá hasta que acabe la pandemia, se mantiene la obligación para las personas, a partir de los seis años, de usar mascarilla en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, incluso aunquese mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros.

El uso de mascarilla no era obligatorio en casi ninguna comunidad, por ejemplo, al tomar el sol en playas o piscinas, o al pasear por elmonte o a la orilla del mar, siempre y cuando se garantizara la distanciade seguridad.

En algunas regiones, como Andalucía, ya se impuso esta medida el verano pasado con multas de hasta 100 euros en el caso de incumplirla. Sólo se podía retirar durante el baño o el consumo de algún producto.

En cualquier caso, la mascarilla no será exigible para las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria quepueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarsela mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.

"Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individualal aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidado cuando, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarillaresulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias", señala el documento.

El BOE también recuerda que las administraciones competentes deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de hoteles y alojamientos similares, alojamientos turísticos, y otros alojamientos de corta estancia, campings, aparcamientos de caravanas de las normas de aforo, desinfección, prevención y acondicionamiento.

"En particular, se asegurará que en las zonas comunes de dichosestablecimientos se adoptan las medidas organizativas oportunas para evitaraglomeraciones y garantizar que clientes y trabajadores mantengan una distanciade seguridad interpersonal mínima de 1,5 metros. Cuando no sea posiblemantener dicha distancia de seguridad, se observarán lasmedidas de higieneadecuadas para prevenir los riesgos de contagio", asegura la normativa.

El BOE también se refiere a los controles sanitarios y operativosen aeropuertos gestionados por Aena, que tendrá que poner a disposiciónde los servicios centrales y periféricos de Sanidad Exterior "de modotemporal" los recursos humanos, sanitarios y de apoyo, necesarios paragarantizar el control sanitario de la entrada de pasajeros de vuelosinternacionales en los aeropuertos, "en los términos que, de común acuerdo,se dispongan entre Aena y el Ministerio de Sanidad".

Aena tendrá derecho a recuperar los costes en los que incurra comoconsecuencia de la colaboración con las autoridades sanitarias y de lasrestantes medidas operativas de seguridad e higiene que tenga que adoptarcomo consecuencia de la pandemia.

En el cálculo de la recuperación de los costes se descontarán lasposibles subvenciones u otro tipo de ayudas económicas que eventualmentepueda recibir el gestor aeroportuario español.

Dichos costes se recuperarán en el marco del Documento de RegulaciónAeroportuaria (DORA) y, por ello serán analizados y supervisados porla Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. "Si estos costesno pudieran recuperarse en el marco del DORA 2017-2021, con elobjetivode minimizar el impacto de su aplicación sobre el sector, podrán serrecuperados, debidamente capitalizados, en cualquiera de los siguientes DORAs", asegura la normativa.

En relación a los fabricantes y los titulares de autorizaciones decomercialización de aquellos medicamentos considerados esenciales enla gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, el documentorecoge que deberán comunicar a la Dirección de la Agencia Española deMedicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) el 'stock' disponible, lacantidad suministrada en la última semana y la previsión de liberacióny recepción de lotes de los mismos, incluyendo las fechas y cantidadesestimadas.

Además, incluye que las administraciones competentes velarán por garantizarla suficiente disponibilidad de profesionales sanitarios con capacidadde reorganización de los mismos de acuerdo con las prioridades en cadamomento.

Asimismo, alude a la garantía de un número suficiente de profesionalesinvolucrados en la prevención y control de la enfermedad, su diagnósticotemprano, la atención a los casos y la vigilancia epidemiológica.

La venta unitaria de mascarillas quirúrgicas que no estén empaquetadasindividualmente solo se podrá realizar en las oficinas de farmaciagarantizando unas condiciones de higiene adecuadas que salvaguarden la calidaddel producto.

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