_
_
_
_

Las ayudas a autónomos de febrero son provisionales y se revisarán

En septiembre se comprobará si los autónomos que han percibido la prestación tenían derecho a ella.

La resolución de ayudas de febrero es provisional y se revisará posteriormente. Al menos así lo será la ayuda correspondiente al cese extraordinario por la Covid-19 que, según la normativa oficial publicada, se revisará en septiembre.

Dicho reglamento indica que esta prestación se concederá de momento de forma provisional. Será en el mes de septiembre cuando se proceda a realizar una revisión de la misma.

Solicitud de pruebas en septiembre

Los trabajadores autónomos pueden solicitar ya las ayudas y las percibirán hasta el mes de mayo. Sin embargo, al tratarse de una prestación provisional, es posible que tras la revisión de septiembre deban devolverlas. Esto solo sucederá en el caso de que no cumplan los requisitos para acceder a la prestación. Recordemos que este tipo de ayudas conllevan cumplir una serie de ingresos mínimos. En el caso de aseverar que se cumplían, pero comprobar posteriormente que no es así, se solicitará la devolución.

Dicho proceso comenzará en septiembre, momento en el que las mutuas y las Seguridad Social comprobarán la veracidad de la información y el derecho del trabajador a cobrar dicha cantidad. Para ello podrán acceder a datos de Hacienda de los años 2020 y 2021.

Más información
Hacienda lanza un mostrador virtual para autónomos y pymes
Así vigilará Hacienda las operaciones de autónomos y pymes en 2021

Información que también podrán solicitarla al trabajador. En concreto se le podrían pedir sus liquidaciones o las declaraciones que ha presentado en dicho periodo. Entre los modelos que puede solicitar Hacienda destacan el modelo 390 de resumen anual del IVA 2020, el modelo 303 correspondiente a las liquidaciones trimestrales, las declaraciones de autoliquidación del IRPF de 2020, los dos primeros trimestres de 2021 y la declaración de la Renta. En el supuesto de que el trabajador tribute el IRPF por estimación objetiva también se le reclamará la demostración de dichos ingresos.

Datos a la mutua

Cuando se solicita la prestación, el autónomo tiene que comunicar una serie de datos de su actividad a la mutua. Entre la información que deberá proporcionar figura también la del número de miembros de la unidad familiar o si alguno de ellos puede percibir la misma ayuda.

Por otro lado, si el trabajador autónomo detecta errores, o ha cambiado la situación que le daba acceso a la ayuda en cuestión, puede renunciar a su derecho a percibir esta prestación hasta el 30 de abril. La opción es adecuada cuando el trabajador deje de cumplir algunos requisitos. Así se evitará el tener que devolver la prestación cobrada durante dicho tiempo.

Más información

Archivado En

_
_