El Gobierno recurre el toque de queda de Castilla y León a las 20 horas
Considera que supera los límites establecidos en el decreto de estado de alarma
El Gobierno ha decidido recurrir el acuerdo de la Junta de Castilla y León que limita la movilidad en la Comunidad desde las 20:00 horas, ha informado el Ministerio de la Presidencia.
La Junta de Castilla y León determinó el viernes adelantar la limitación de la libertad de circulación en esa región a las 20:00 horas. Sin embargo, el Gobierno considera que esta decisión vulnera el decreto que regula el estado de alarma que estipulaba que el horario nocturno sería entre las 23:00 y las 6:00 horas, al mismo tiempo que daba de margen a las comunidades autónomas para poder adelantarlo hasta las 22:00 como máximo.
El Gobierno que preside Pedro Sánchez ha anunciado este domingo que "ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra el ACUERDO 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León (como autoridad competente delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020,de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2)".
El Ejecutivo considera que la regulación de la Junta de Castilla y León vulnera el Real Decreto "que, al declarar el estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial 'que la hora de comienzo de la limitación prevista [....] sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas'".
"Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el acuerdo infringe nítidamente la regulación mencionada", señala el comunicado de la Presidencia del Gobierno, que añade: sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de "modulación" otorgadas a las autoridades competentes delegadas.