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Los embargos de viviendas habituales aumentan un 82,2% en el tercer trimestre

Los embargos iniciados sobre personas jurídicas bajaron un 44,2% respecto a hace un año

Algunas personas encienden botes de humo y despliegan una pancarta en el terrado del edificio de la sede de Haya Real State.
Algunas personas encienden botes de humo y despliegan una pancarta en el terrado del edificio de la sede de Haya Real State.David Zorrakino (Europa Press)

Los embargos sobre vivienda habitual en propiedad de personas físicas aumentaron un 82,2% en el tercer trimestre en relación al mismo periodo de 2019, hasta las 1.804 ejecuciones. Respecto al segundo trimestre, cuando no se inició ningún procedimiento de una propiedad para su venta tras el impago de una hipoteca debido a las provisiones por el estado de alarma decretado por la pandemia, se dispararon un 105%. Por su parte, las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas de personas jurídicas totalizaron 2.451 en el tercer trimestre, con un avance trimestral del 38,9% y un descenso interanual del 44,2%, según los datos publicados este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

En conjunto, las ejecuciones hipotecarias iniciadas en los registros de la propiedad en el tercer trimestre sumaron 8.648, un 29,3% menos que en ese mismo periodo del año anterior y un 56,3% más que en el segundo trimestre de este año. En concreto, el número de ejecuciones hipotecarias sobre viviendas se situó en 4.756 en el tercer trimestre, cifra un 63,7% superior a la del trimestre anterior, pero un 17,2% por debajo de la del mismo periodo de 2019.

Las ejecuciones hipotecarias sobre viviendas concentraron el 55% del total de ejecuciones hipotecarias en el tercer trimestre de 2020. El 20,9% del total de ejecuciones hipotecarias son viviendas habituales de personas físicas. El 28,3% corresponde a viviendas de personas jurídicas y el 5,8% a otras viviendas de personas físicas.

El Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo estableció, en su artículo 7, medidas extraordinarias conducentes a procurar la moratoria de la deuda hipotecaria para la adquisición de la vivienda habitual.

Asimismo, el artículo 8, dispone el ámbito de aplicación de dicha moratoria, estableciendo que se aplicará cuando concurran en el deudor todos los requisitos establecidos en el artículo 16 del Real Decreto-Ley 11/2020, de 31 de marzo, para entender que está dentro de los supuestos de vulnerabilidad económica.

El INE recuerda que no todas las ejecuciones de hipoteca que se inician terminan con el lanzamiento de sus propietarios y que un procedimiento judicial puede dar lugar a varias certificaciones por ejecución de hipoteca.

Este jueves también ha dado las cifras correspondientes al mes de septiembre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Según los datos facilitados, el número total de desahucios sumó en los nueve primeros meses del año 18.138, un 55% menos que los 40.394 que se contabilizaron entre enero y septiembre el año anterior.

Según el CGPJ, en el tercer trimestre se practicaron un total de 7.096 lanzamientos, un 30,2 % menos que en ese mismo periodo del año anterior. De ellos, 5.190 fueron de alquiler (el 73,1 %), 1.564 (el 22 %) se derivó de ejecuciones por no pagar la hipoteca y los 342 restantes obedecieron a otras causas.

El órgano de gobierno de los jueces señala que después del impacto que el confinamiento y la suspensión de plazos procesales tuvo en el trabajo judicial en el segundo trimestre, en el tercero se retomó la actividad y se empezaron a ver los efectos de la crisis sanitaria y económica.

Las cifras del CGPJ reflejan una nueva caída en los lanzamientos hipotecarios, de manera que acumulan ya 21 trimestres consecutivos de descenso. En el caso del alquiler se trata del sexto trimestre en el que se observan reducciones interanuales.

El Gobierno anunció este miércoles que paralizará los desahucios (tanto de casas en propiedad como en alquiler) para familias vulnerables y "dará cobertura" a aquellas otras, también en esa situación, que ocupen viviendas sin tener contrato mientras dure el estado de alarma, siempre que los propietarios sean grandes tenedores, o bien fondos de inversión y empresas o titulares de más de 10 inmuebles.

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