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El patrocinio deportivo, proscritos por la nueva normativa sobre publicidad del juego online

Desde el 5 de noviembre de 2020 no podrán firmarse nuevos contratos con operadores de juego que no respeten la nueva regulación

Manuel Casamayón

El Gobierno aprobó este martes el Real Decreto de Actividades Comerciales de las Actividades de Juego (Real Decreto 958/2020, de 3 de noviembre), que regula la publicidad de las actividades de juego, e introduce medidas de protección a los consumidores, en especial a los menores.

Como destacado, el Real Decreto prohíbe cualquier comunicación comercial sobre juego en medios audiovisuales, en cualquier formato, salvo en la franja que va de la una a las cinco de la madrugada. Y en todo caso, sin que puedan participar en los anuncios personas, reales o ficticias, célebres o que tengan algún tipo de notoriedad pública, incluido personajes de ficción. También se prohíbe la emisión de bonos promocionales para la captación de clientes; la publicidad por correo postal siempre, y por correo electrónico a quienes no hayan manifestado su consentimiento; y se limita publicidad por internet a los propios portales de juego.

En lo referente a los contratos de patrocinio, todos los augurios se cumplen y en la práctica quedan prohibidos, al menos en la forma que los conocemos. En el caso de los clubs deportivos, la prohibición se traduce en que no podrán contratar patrocinios con operadores de juego que implique llevar publicidad en equitaciones, o el uso de cualquier signo identificativo de la casa de juegos para identificar la instalación deportiva o el evento deportivo. Tampoco podrán difundir publicidad de apuestas en los estadios deportivos o durante los eventos deportivos en ningún soporte, salvo entre la una y las cinco de la madrugada.

Y hablamos de augurios, aún sin ser adivinos, porque esta prohibición de los patrocinios deportivos de marcas de juego y apuestas se conoce desde el inicio de la tramitación del proyecto en el mes de febrero, y ha sido confirmada, varias veces, por su promotor, el ministro de Consumo Albet Garzón. La última, mediante una carta dirigida el pasado 28 de octubre a los presidentes de los 25 clubes deportivos de fútbol de Primera y Segunda División que cuentan con patrocinios de casas de apuestas deportivas para los próximos años, alertando sobre la necesidad de terminar los contratos ante la inminente promulgación de la nueva regulación.

Porque, a pesar del pregón, solo de la Liga Santander trece de los veinte clubes tienen como patrocinadores a operadores de juego para la temporada 2020-2021, y en el caso de siete de ellos se trata de patrocinadores principales.

Que no es el mejor momento para que los clubes prescindan de esta fuente de ingresos está en boca de todos. La pandemia sanitaria de la Covid-19, y las medidas decretadas durante el estado de alarma para batallarla, dieron al traste la temporada 2019-2020 y las finanzas de los clubes tras tres meses de suspensión de las competiciones deportivas. Tras el parón, la celebración de los partidos a puerta cerrada supone un nuevo revés para los clubes que dejan de ingresar facturaciones millonarias por taquilla y merchandising.

En el otro lado de la moneda, parece que surgió el efecto esperado la prohibición contenida en el Real Decreto-Ley 11/2020, de cualquier publicidad de juego, a excepción de la emitida en televisión entre la una y las cinco de la madrugada, que se mantuvo hasta el 10 de junio y el inicio de la nueva normalidad (Real Decreto-Ley 21/2020), consiguiendo una reducción significativa del consumo de juego on line, que había subido exponencialmente durante el confinamiento domiciliario, en especial entre los jóvenes. Que decir que dichas medidas han sido la antesala de la regulación contenida en los 37 artículos del nuevo RD.

¿Y para cuándo la prohibición?

Desde mañana día 5 de noviembre de 2020 no podrán firmarse nuevos contratos de patrocinio con operadores de juego que no respeten la nueva regulación.

Ello no obstante, para dar un poco de aire a los clubes, los contratos de patrocinio ya firmados antes de dicha fecha se mantienen vigentes hasta el fin de la temporada 2020-2021, momento en que deberán terminar, aunque establezcan una duración mayor.

Atendiendo a que el riesgo de una prohibición legal era conocido por los clubes (y por las casas de juego y apuestas), es de esperar que en los nuevos contratos de patrocinio se haya previsto una regulación que facilite su terminación al finalizar la temporada, evitando el conflicto.

El Real Decreto contempla otras moratorias que afectan a la emisión de campañas publicitarias con personas famosas, que se prohíbe a partir del 1 de abril de 2021; y a la prohibición de bonos promocionales y las medidas limitativas de la publicidad por internet, que entrarán en vigor el 1 de mayo de 2021.

Si se incumple, se aplicará el régimen contenido en la Ley 13/2011, de Regulación del Juego, que establece sanciones de hasta1.000.000 de euros.

Ana Soto Pino, abogada-socia de Legal Jovs.

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