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COVID-19

Navarra sancionará con multa de 300 euros si no se guarda la distancia interpersonal de 1,5 metros

El BOE publica las sanciones que impondrá esta comunidad si no se cumplen las medidas anticovid

Agentes de la Policía Foral y Policía Municipal.
Agentes de la Policía Foral y Policía Municipal.

Navarra impondrá multas de hasta 300 euros a todos aquellos que no guarden la distancia interpesonal de 1,5 metros, tal y como recoge hoy el BOE. Además, ha hecho públicas las infracciones muy graves que serán sancionadas con una multa de entre 60.001 euros y 600.000 euros.

En este apartado, Navarra incluye el incumplimiento de los límites de aforo o del número máximo de personas permitido, en los establecimientos o en las actividades, cuando aquel produzca un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población; la celebración, comercialización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de actividad en los que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención que supongan o puedan suponer un riesgo o daño muy grave para la salud de la población o la convocatoria reiterada de este tipo de actos o reuniones a través de redes sociales cuando de la convocatoria pudiera deducirse la intencionalidad de vulnerar las normas dictadas por la autoridad sanitaria competente en cuanto a medidas de prevención frente al Covid-19, entre otras.

Las infracciones graves serán sancionadas con multa de entre 3.001 euros y 60.000 euros. En este supuesto entrarían el incumplimiento acreditado, del horario especial de apertura y cierre para establecimientos y actividades, impuesto en las medidas contra la COVID-19; no comunicar a la autoridad competente los casos de sospecha o diagnóstico de la enfermedad, o de hechos relevantes cuya declaración resulte obligatoria o la apertura de locales, celebración de actos o realización de actividades que hayan sido expresamente prohibidas o suspendidas por las autoridades sanitarias competentes.

Además entra dentro de infracciones graves el incumplimiento del deber del aislamiento domiciliario acordado por la autoridad sanitaria, en personas que sean casos positivos confirmados por COVID-19.

Por último, las infracciones leves serán sancionadas con multa de entre 100 y 3.000 euros. El incumplimiento de la obligación del uso de mascarilla o uso inadecuado de la misma, en los términos establecidos por las autoridades sanitarias, el incumplimiento de las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades competentes, para cualquier tipo de establecimiento o actividad, en espacio abierto o cerrado, público o privado, cuando se produzca un riesgo o daño leve para la salud de la población son algunas de las estas faltas leves.

Además, se incluye en este apartado el incumplimiento, por parte de los establecimientos abiertos al público, de guardar la distancia de seguridad entre las sillas de mesas separadas tanto en el interior como en el exterior o cuando éstos incumplen el informar a los clientes o usuarios sobre el horario, el aforo del local, la distancia interpersonal y, en su caso, de la obligatoriedad del uso de mascarilla, como medidas de prevención de la Covid-19.

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