La moratoria permitió a autónomos y pymes aplazar el pago de 2.502 millones en impuestos
La medida benefició a 613.731 contribuyentes durante el estado de alarma
La moratoria de pago de impuestos que el Gobierno aprobó en abril para permitir a autónomos y pymes retrasar el pago de sus tributos benefició durante el estado de alarma a 613.731 contribuyentes por un total de 2.502,4 millones de euros.
Así se refleja en una respuesta escrita del Ejecutivo a una pregunta parlamentaria del senador Miguel Ángel Heredia, del PSOE, sobre "cuántas pymes y autónomos se han beneficiado de la ampliación de tres a cuatro meses del periodo de carencia de los aplazamientos de las deudas tributarias extraordinarias aprobados por el Gobierno en marzo para paliar los efectos de la epidemia de coronavirus".
En su respuesta, el Ejecutivo ofrece datos desglosados por comunidades autónomos sobre esta cuestión, de manera que indican que la comunidad autónoma donde más contribuyentes se beneficiaron de esta medida fue Cataluña, con 140.934 beneficiarios por un total de 674 millones de euros. A continuación, se situaron Madrid, con 102.357 contribuyentes beneficiados y 480,9 millones de euros; Andalucía (93.906 contribuyentes y 319,2 millones) y Comunidad Valenciana (84.139 contribuyentes por 314,9 millones de euros). De esta manera, el 71,5% de la cantidad aplazada se concentró en estas cuatro comunidades.
Por el contrario, las comunidades en las que menos pymes y autónomos se beneficiaron de esta medida fueron, además de las comunidades forales de Navarra (67 contribuyentes por 266.441 euros) y País Vasco (243 contribuyente y 1,65 millones), las ciudades autónomas de Ceuta (416 contribuyentes por 749.124 euros) y Melilla (565 contribuyentes y 840.455 euros), además de La Rioja (4.082 contribuyentes por 18,3 millones) y Cantabria (6.388 contribuyentes y 24,4 millones).
El Consejo de Ministros aprobó en abril esta medida para permitir a trabajadores autónomos y pymes con una facturación de hasta 600.000 euros aplazar al 20 de mayo el pago de impuestos del primer trimestre, como la liquidación del IVA, así como los pagos fraccionados de IRPF y Sociedades. Dicha medida, permitía el aplazamiento de las liquidaciones durante seis meses, con un periodo sin intereses de tres meses. Posteriormente, en mayo, el Consejo de Ministros amplió en un mes más dicho periodo sin intereses, pasando de tres a cuatro.