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En colaboración conLa Ley
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Tribuna
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Por una contratación pública que localice el tejido productivo y el trabajo asociado al mismo

Se deben agilizar los procedimientos, aliviar la carga administrativa, y eliminar y revisar las exigencias no operativas

En torno al 18 % del PIB, por propia experiencia una media que alcanza fácil el 40 % del presupuesto a ejecutar; más de 20.000 poderes adjudicadores; cientos de miles de potenciales licitadores; decenas de miles de contratistas; cientos de miles de trabajadores adscritos a esos contratos públicos; más de medio millón de personas trabajando en el tercer sector; el 99,8 % del tejido empresarial compuesto pymes, micro pymes y autónomos… y podríamos continuar.

La mayor caída del PIB conocida en época reciente; cientos de miles de solicitudes del ingreso mínimo vital; más de 1.000.000 de empleos perdidos en lo que va de año; 15 % de tasa de paro con estimaciones de llegar 19 % en 2020; más de 133.000 empresas cerradas en apenas dos meses; más de 240.000 pymes abocadas al cierre… datos que todavía se podrían desarrollar.

Falta de agilidad en los procedimientos de contratación pública, cargados de burocracia rigorista en muchos casos; falta de implantación generalizada de la compra pública electrónica; falta de racionalización y sistemas de racionalización de uso generalizado; falta de gobernanza en la materia… enumeración que también se podría ampliar.

Grandes diamantes en bruto en la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP) de 2017, esperando a ser pulidos en cada órgano de contratación: programación anual; racionalización de la compra pública; división en lotes; pago a subcontratistas; compra conjunta esporádica; consultas preliminares; menor exigencia de solvencia; condiciones especiales de ejecución; contratos reservados; subcontratación; exención de garantías; compra pública de innovación… recuento que también podríamos amplificar.

Desde el inicio de la pandemia y de los efectos de la misma vengo defendiendo la necesidad imperiosa de utilizar la contratación pública como la más potente herramienta de actuación administrativa para conseguir la localización del tejido productivo y del trabajo asociado por cuenta ajena al mismo.

No nos hace falta para ello una contratación pública “Covid”. Lo que hace falta en términos generales es una contratación pública abierta, ágil, eficaz y práctica. Los órganos de contratación tienen a su disposición esos diamantes que en su conjunto y a través de micro medidas le pueden permitir alcanzar una contratación pública estratégica, pero no parten de un verdadero sistema nacional de contratación pública estratégico, más si cabe si tenemos en cuenta la gran disparidad de órganos de contratación existentes, sobre todo desde el punto de vista de la capacidad de sus recursos personales y materiales.

Es pues a quién debería exigírsele la mayor profesionalización, al legislador, al que debe exigírsele también que tome cartas en el asunto con el fin de facilitar el objetivo que en la actualidad debería ser perseguido: localizar el tejido productivo y el trabajo asociado por cuenta ajena al mismo. Más aún a la vista de los resultados obtenidos en la aplicación de la LCSP de 2017, en los que procedimientos como el abierto abreviado han resultado ineficaces al objetivo buscado.

Se debe pues agilizar los procedimientos, aliviar la carga administrativa, eliminar y revisar las exigencias no operativas en la actualidad, como el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas (ROLECSP) o el Documento Europeo Único de Contratación (DEUC), aumentar los umbrales de los procedimientos abreviados, tras su revisión funcional. Convertir nuestro complejo procedimiento negociado en el ágil procedimiento negociado que propugnan las directivas. Establecer un doble régimen de contratación pública, uno por encima de los umbrales comunitarios y otro por debajo de los mismos, de forma que por debajo de esos umbrales se permita contratar de manera más eficaz y eficiente.

Se pueden revisar también los umbrales de la contratación directa, aumentando los mismos conforme a países de nuestro entorno europeo, incluso permitiendo una duración superior al año cuando estemos dentro de determinadas cuantías y CPV (Common Procurement Vocabulary). Y aunque esto pueda hacer saltar los resortes, para quien conoce la contratación pública en la práctica no requiere de mayores justificaciones, porque sobrarían ejemplos.

Se puede pensar en la creación de un sistema de centrales de contratación que de manera conjunta permita una racionalización de la compra pública a través de los tres niveles territoriales de la Administración Pública, lo que ayudaría sobremanera a muchos de los 8.131 municipios, en los que más de la mitad son de menos de 5.000 habitantes.

Porque en definitiva, con solo un 39 % de los fondos estructurales de la UE ejecutados, con los fondos que a priori están por venir y con la suspensión por parte del Gobierno de la regla de gasto de los ayuntamientos mediante la que no podían utilizar todo su superávit, se debe apostar por un sistema de compra pública que permita localizar la economía en nuestro país, dentro del respeto a los principios generales de la contratación pública, porque si al final la idea central del legislador es exclusivamente la prevención de la corrupción pagaremos todos, justos por pecadores.

Porque al igual que hay que doblegar la curva ascendente de la crisis sanitaria también hay que doblegar la deriva descendente de la crisis económica y social.

Jaime Pintos Santiago, abogado y consultor experto en contratación pública, profesor Universidad a Distancia de Madrid.

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