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Regulación

CNMV saca a consulta una propuesta para que los asesores se examinen a distancia

La medida pasaría de temporal a permanente

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sacado a consulta una propuesta de modificación de la Guía Técnica 4/2017 para que, de forma permanente, la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que informa y que asesora pueda hacerse a distancia. Como consecuencia de la situación derivada de la pandemia , el regulador aceptó en abril, de manera excepcional, la realización de pruebas no presenciales, siempre que las entidades dispusieran de procedimientos de evaluación a distancia que garantizasen la fiabilidad de la prueba de evaluación.

El organismo que preside Sebastían Albella publicó un comunicado el 13 de abril en el que se relacionaban los requisitos que las evaluaciones a distancia debían cumplir y se instaba a que las entidades que deseasen acogerse a esta modalidad lo comunicasen a la Comisión. Ahora, la CNMV prevé modificar la citada Guía Técnica para contemplar "de modo permanente" la posibilidad de que los procedimientos de evaluación que las entidades lleven a cabo prevean, si así lo desean, la realización de pruebas no presenciales, precisándose asimismo las condiciones que los procesos han de cumplir para contar con las garantías necesarias.

De acuerdo a la información remitida en abril los requisitos establecidos en la guía técnica recogían que las entidades interesesada en recurrir a esta medida deberían contemplar la identificación visual del alumno, mediante el uso de sistemas de imagen realizándose una verificación de su identidad con el DNI o un documento equivalente. Asimismo, tendrían que permitir el control durante el examen similar al control si la prueba fuera presencial (con imagen y sonido activos durante toda la prueba) para garantizar la calidad del proceso de evaluación e impidir que la persona que se somete a la evaluación pudiera recibier ayuda de terceros o consultar material que no forme parte del examen. Como tercer requisito, la CNMV establece que las entidades que recurran a este sistema tendrán que permitir que se conserve la documentación acreditativa de las pruebas y de los controles relativos a la identificación y desarrollo de todo el proceso de evaluación de manera fácilmente identificable, durante al menos tres años.

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