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Los municipios de menos de 10.000 habitantes no tendrán horarios para salir con niños ni para hacer deporte

Los municipios que se encuentren en unidades territoriales en fase 0 y 1 podrán acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2

Un hombre pasea con su perro en la playa de Las Negras, en el municipio almeriense de Níjar, una de las playas de Andalucía que está preparada parar la apertura al baño cuando se pase a la Fase 2
Un hombre pasea con su perro en la playa de Las Negras, en el municipio almeriense de Níjar, una de las playas de Andalucía que está preparada parar la apertura al baño cuando se pase a la Fase 2Carlos Barba (EFE)
CINCO DÍAS

El Gobierno rebaja las limitaciones derivadas del covid 19 para los municipios de menos de 10.000 habitantes y densidad de población inferior  a 100 habitantes por kilómetro cuadrado que aún se encuentran en la fase 0 o fase 1 del plan de desescalada. Una orden del ministerio de Sanidad publicada este viernes en el BOE flexibiliza alguna de las restricciones para estos municipios de menor población y densidad, de modo que  podrán acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2. Entre ellas, la supresión de las franjas horarias para hacer deporte y dar paseos con niños que ya podrán ir acompañados de más de un adulto.

Sanidad establece que para estos núcleos  se eliminan las franjas horarias  sobre la actividad física no profesional al aire libre y para los desplazamientos de la población infantil. Además, para los paseos con menores de 14 años, fija que ya "no será de aplicación el límite de un adulto responsable y hasta tres niños", pudiendo realizar dichos desplazamientos "todos los convivientes en un mismo domicilio".

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 También indica que "dicha actividad se podrá practicar en el término municipal o, en su defecto, a una distancia máxima de cinco kilómetros, incluyendo municipios adyacentes, siempre que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de esta orden y pertenezcan a la misma unidad territorial de referencia".

Los ayuntamientos podrán permitir los mercadillos al aire libre ydeterminarán los requisitos de distanciamiento entre puestos y las condicionesde delimitación del mercado con el objetivo de garantizar la seguridady distancia entre trabajadores, clientes y viandantes.

También podrán abrir al público establecimientos de hostelería yrestauración para consumo en el local, salvo discotecas y bares de ocionocturno, así como las terrazas al aire libre, con las medidas de seguridady prevención oportunas.

De igual modo, se flexibiliza la asistencia a velatorios, entierros,lugares de culto y bibliotecas y la apertura de instalaciones deportivas.

Para garantizar el cumplimiento de estas medidas, así como paraposibilitar su adaptación a fases posteriores, los ayuntamientos deberán elaborary aprobar planes de adecuación de los espacios públicos.

Podrán así ampliar zonas peatonales; recuperar y adaptar zonas verdesy otros espacios libres, incluidos montes comunales o municipales; definirviales para bicicletas, patinetes y vehículos similares, y para viandantes;regular las áreas de baño público en playas, ríos o lagos cuando estépermitido, o emplear mobiliario semipermanente que permita una distribuciónhoraria del espacio público.

Igualmente, podrán adoptar medidas restrictivas en el acceso a losespacios naturales de su competencia cuando consideren que existe riesgode formación de aglomeraciones.

Con todo, el ministerio advierte que cualquier medida que flexibilice las condiciones  en estos núcleos ha de tener en cuenta "el mayor riesgo en caso de que se produzcan rebrotes", por el superior envejecimiento demográfico y por la estructura de los servicios básicos disponibles, tanto públicos como privados.

Según los últimos datos del INE, el 90% de los municipios  tiene una población inferior a 10.001 habitantes, y en ellos solo reside un 20 por ciento de la población.

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