La frecuencia del transporte público de viajeros será similar a la del fin de semana
La regulación incluida en el Real Decreto-ley 10/2020 va a suponer una reducción de la demanda de servicios de transporte público durante la semana laboral
Los servicios de transporte de viajeros que afectan a este ámbito urbano y periurbano, competencia de todas las Administraciones Públicas, va a sufrir una reducción. El objeto de esta reducción es que los servicios disponibles para los ciudadanos sean como máximo los correspondientes a fin de semana.
Así se establece en la Orden adjunta al Real Decreto 10/2020 de regulación del permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales y que publica hoy el B.O.E.
En el resto de servicios de transporte público de viajeros, no urbanos ni periurbanos, sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público se procederá a redimensionar la oferta de servicios a la nueva situación de demanda.
Por último, en relación con los servicios de transporte interurbanos y de larga distancia que no se encuentran sometidos a contrato público u obligaciones de servicio público, no se considera necesario establecer ninguna regulación adicional, dado que en la misma se establece un porcentaje de reducción de, al menos, un 70%, de manera que los operadores pueden ajustar su oferta en el marco normativo actual en función de la demanda real.